Decreto 703 de 1995
Decreto 703 de 1995 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 703
- Año
- 1995
- Fecha
- 17 de septiembre de 1995
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 703 DE 1995 (Noviembre 17) [Derogado por el art. 35, Decreto Distrital 331 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9498#35) por el cual se modifica el Decreto 663 de 1995 El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital, en uso de sus atribuciones legales, **
DECRETA:
Artículo primero.
- El numeral 2. del artículo segundo del Decreto 663 de 1995, quedará así: 2. SUBSECRETARÍA GENERAL
** * Asistir al Secretario General en la organización, distribución y coordinación de los asuntos administrativos de las diferentes dependencias de la Secretaría General. * Velar por la aplicación en la Secretaría General de las normas, políticas institucionales y decisiones que rigen para la Administración Distrital. * Ordenar los gastos y pagos en los términos de la delegación conferida por el Secretario General. * Programar, dirigir y controlar el desarrollo de los procesos relacionados con las áreas financiera, de recursos humanos, servicios generales y demás procesos administrativos de la entidad. * Vigilar y controlar el cumplimiento de la carrera administrativa. * Dirigir la prestación del servicio de sistematización de la Secretaría General. * Controlar el desarrollo de los procesos que adelante la Oficina de Organización y Sistemas con el fin de garantizar la seguridad y confiabilidad de los sistemas de información y establecer estándares de control para el desarrollo, funcionamiento y administración de los mismos. * Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría General. * Coordinar y controlar los programas y actividades de la Imprenta Distrital. * Autorizar la salida de los vehículos pertenecientes a las entidades distritales del nivel central, fuera del perímetro urbano de la ciudad y el uso del parqueadero del edificio Liévano. * Autorizar a los funcionarios para celebrar operaciones de crédito con entidades financieras de acuerdo a las disposiciones vigentes. * Las demás que le sean delegadas por el Secretario General o asignadas de acuerdo con la naturaleza de la Subsecretaría.
Artículo segundo.
El numeral 3. del artículo segundo del Decreto 663 de 1995, quedará así: 3. SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES * Representar por mandato del Alcalde Mayor al Distrito Capital y a los Fondos de Desarrollo Local en los procesos judiciales y en las diligencias contenciosas ante las autoridades respectivas. * Representar por mandato del Alcalde Mayor al Distrito Capital y a los Fondos de Desarrollo Local, en las diligencias de conciliación judicial o prejudicial. * Revisar y evaluar los aspectos legales y de conveniencia para la Administración Distrital de los proyectos de Ley relacionados con el Distrito y de los Acuerdos que le sean encomendados. * Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la contratación y procesos de licitación del Distrito Capital, que suscriban el Alcalde Mayor o el Secretario General. * Dirigir, coordinar y controlar las actividades de registro y control de urbanizadores y personas dedicadas a la enajenación y arrendamiento de inmuebles. * Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con las personas jurídicas sin ánimo de lucro y las instituciones de utilidad común del Distrito Capital. * Coordinar la elaboración del programa anual de actividades de las dependencias adscritas a la subsecretaría. * Coordinar y revisar la expedición de conceptos y las respuestas a consultas peticiones que deban ser suscritas por el Secretario General o el Alcalde Mayor. * Revisar los proyectos de actos administrativos y los relacionados con recursos presentados ante el Secretario General y el Alcalde Mayor, con excepción de los que se relacionen con actos expedidos o suscritos por el Subsecretario de Asuntos Legales. * Conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Secretaría General. [Derogado por el Decreto Distrital No. 1103 de 1997](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1400#1) * Prestar la asesoría jurídica que le soliciten las diferentes dependencias de la Secretaría General. * Coordinar el trabajo de las distintas dependencias a su cargo para una efectiva unidad de criterios en el desempeño de las funciones de carácter jurídico de competencia de cada una de ellas. * Tramitar los recursos contra los actos administrativos de las entidades distritales que deba conocer el Alcalde Mayor. * Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la Subsecretaría.
Artículo tercero.
El inciso 7 del numeral 3.4 del artículo segundo del Decreto 663 del 1995, quedará así:
7. Registrar y foliar los libros de actas y de relación de miembros de las corporaciones, asociaciones e instituciones de utilidad común, así como los libros de actas de las fundaciones.
Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de noviembre de 1995. El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. El Secretario General (E), RAMIRO CARRANZA CORONADO NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 1060 de noviembre 24 de 1995.
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