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Decreto 281 de 1995

Decreto 281 de 1995 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
281
Año
1995
Fecha
19 de mayo de 1995
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 281 DE 1995 (Mayo 19)[Derogado por el númeral 70, art. 484, Decreto Único Sectorial 640 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#484.n.70) Por el cual se deroga un Decreto y se dictan otras disposiciones. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C., en uso de sus atribuciones legales, **

DECRETA:

Artículo 1º.

-** Derógase el Decreto [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3001#0) del 12 de febrero de 1993.

Artículo 2º.

-** A partir de la vigencia del presente Decreto las vacaciones sólo podrán ser compensadas en dinero en los siguientes casos:

1. Cuando el Alcalde Mayor así lo estime necesario para evitar perjuicios en el servicio público, evento en el cual sólo se autorizará la compensación en dinero de las vacaciones correspondientes a un año.
2. Cuando el servidor público quede retirado definitivamente del servicio sin haber disfrutado de las vacaciones causadas hasta entonces.

Artículo 3º.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 19 de mayo de 1995. El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS S. El Secretario General, RAÚL E. BARRAGÁN N.

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