Acuerdo 12 de 1995
Acuerdo 12 de 1995 Archivo General de la Nación - AGN
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 12
- Año
- 1995
- Fecha
- 18 de octubre de 1995
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 12 DE 1995 ( Octubre 18) "Por el cual se modifica la parte I del Acuerdo No. 07 del 29 de junio de 1994 Reglamento General de Archivos", "Organos de Dirección, Coordinación y Asesoría". LA JUNTA DIRECTIVA DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 80 de 1989 y el Decreto 1777 de 1990, y C O N S I D E R A N D O Que el artículo segundo de la Ley 80 de 1989, señala las funciones del Archivo General de la Nación y en su literal b) preceptúa: "Fijar políticas y expedir reglamentos necesarios para organizar la conservación y el uso adecuado del patrimonio documental de la Nación, de conformidad con los planes y programas que sobre la materia adopte la Junta Directiva".
Que el artículo octavo del Decreto 1777, establece las funciones de la Junta Directiva, y su numeral a) dispone: "Adoptar y evaluar periódicamente la política archivística a nivel nacional".
Que se hace necesario establecer los Organos de Dirección, Coordinación y Asesoría en los Departamentos.
Que en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 80 de 1989, en el Decreto 1777 de 1990 y en el Acuerdo 07 de 1994,**
ACUERDA:
ARTICULO 1º.- **El Reglamento General de Archivos tendrá un artículo con el número [13A](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27903#13) del siguiente tenor:
ARTICULO 13 A. Entidad de Dirección y Coordinación en los Departamentos. La entidad encargada de dirigir y coordinar la Función archivística a nivel departamental es el Consejo Departamental de Archivo, el cual será el órgano encargado de aplicar las políticas y normas trazadas por el Archivo General de la Nación. ARTICULO 2º.- El Reglamento General de Archivos tendrá un artículo con el número [17ª](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27903#17) del siguiente tenor:
ARTICULO 17A. Funciones del Consejo Departamental de Archivo. Las funciones del Consejo Departamental de Archivo serán: a) Darse su propio reglamento; b) Desarrollar y supervisar el cumplimiento de las políticas y normas archivísticas en el departamento; c) Desarrollar normas archivísticas aprobadas a nivel nacional; d) Proponer programas y proyectos al Consejo Regional; e) Programar y coordinar acciones a nivel departamental acordes con las políticas, planes y programas propuestos por la Junta Directiva del Archivo General de la Nación y bajo la coordinación de la Dirección del Sistema Nacional; f) Promover y vigilar la aplicación de criterios comunes para la evaluación, selección, descarte y traslado de documentos a los archivos correspondientes; g) Propiciar la formación y capacitación del personal vinculado a los archivos en los diferentes niveles y áreas de trabajo. ARTICULO 3º.- El Reglamento General de Archivos tendrá un artículo con el número [18ª](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27903#18) del siguiente tenor:
ARTICULO 18 A. Creación del Comité Evaluador en los documentos Departamentos. El consejo Departamental del Archivo creará el Comité Evaluador del Departamento, como un Comité Asesor del Consejo Departamental del Archivo. El Comité evaluador de Documentos será el órgano encargado de estudiar los asuntos relativos al valor secundario de los documentos y de preparar los lineamientos sobre selección y eliminación de éstos, para los archivos del orden departamental y municipal, según las políticas generales trazas por la Junta Directiva del Archivo General de la Nación. Así mismo deberá sugerir el régimen de acceso y el de transferencia y resolver con base en las disposiciones generales de la Junta Directiva del Archivo General de la Nación las consultas, sobre eliminación de documentos producidos por las oficinas de entidades públicas del orden departamental y municipal. En consecuencia será el órgano encargado de tramitar ante el Consejo Departamental del Archivo el concepto de las propuestas de Tabla de Retención Documental y de Eliminación de Documentos de las entidades del sector público del orden departamental y municipal.**
Parágrafo. El Comité Evaluador de Documentos del Departamento estará integrado de acuerdo a las necesidades del mismo, pero como mínimo deberá conformarse por el Presidente del Consejo Departamental del Archivo o su delegado, quien lo presidirá, el Jefe de Archivo de la entidad productora de la documentación y un reconocido historiador nombrado por el Consejo Departamental de Archivo.
Artículo 4º.
- **[Derogado por el art. 33, Decreto Nacional 2578 de 2012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50875#33).
El artículo [19](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27903#19) del Reglamento General de Archivos quedará así:
Artículo 19.
Creación del Comité de Archivo.** Cada entidad establecerá un Comité de Archivo legalizado mediante el acto administrativo correspondiente, como un grupo asesor de la alta dirección, responsable de definir las políticas, los programas de trabajo y de la toma de decisiones en los procesos administrativos y técnicos de los archivos.
Parágrafo. El Comité de Archivo estará conformado, entre otras, por las siguientes personas; El funcionario del nivel directivo o ejecutivo del más alto nivel jerárquico de quien dependa de forma inmediata el Archivo de la entidad (Secretario General o Subdirector Administrativo, entre otros), o su delegado, quien lo presidirá; el jefe de la Oficina Jurídica o su delegado; el jefe de la Oficina de Planeación o su delegado; el jefe de la unidad de organización y métodos o su delegado; el jefe de la dependencia productora de los documentos que evaluaran y el jefe de la unidad administrativa u operativa del archivo. Quien actuará como secretario. Además podrán asistir como invitados aquellos funcionarios o particulares que puedan aportar elementos de juicio necesarios en la sesiones correspondientes (Jefe de la Unidad de Control Interno, técnicos, historiadores o usuarios externos entre otros). En las entidades donde no existen estos funcionarios serán integrantes del Comité de Archivo aquellos funcionarios que desempeñen labores similares o afines.
Artículo 5º.
- El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Santafé de Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del mes de octubre de
Mil novecientos noventa y cinco (1995). EL PRESIDENTE DIANA CONSTANZA FAJARDO RIVERA EL SECRETARIO** JOSE ALBERTO GIRALDO LÓPEZ
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo 001 de 2023
ACUERDO 001 DE 2023 (sic) Por medio del cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Secretaría Distrital de Movilidad LOS MIEMBROS DEL…
-
Acuerdo 007 de 2023
ACUERDO 007 DE 2023 (sic) Por el cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el Cumplimiento a la Sentencia SU-288 de 2022…
-
Acuerdo 013 de 2023
Derogado por el art. 04 del Acuerdo 014 de 2024 EL COMITÉ DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ…
-
Acuerdo 001 de 2021
ACUERDO 01 DE 2021 Por medio del cual se actualiza el reglamento interno del Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Cultura, Recreación y De…
-
Acuerdo 001 de 2020
ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…