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Decreto 1027 de 1997

Decreto 1027 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
1027
Año
1997
Fecha
27 de octubre de 1997
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 1027 DE 1997 (octubre 27) por el cual se adiciona el artículo quinto del Decreto 369 de 1996. El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 369 del 31 de mayo de 1996, se creó y organizó el Fondo Cuenta denominado Fondo para la Reconversión Ambiental Distrital, para la cofinanciación del diseño e implementación de proyectos de reconversión de la microempresa y la pequeña y mediana industria orientados a prevenir y mitigar su impacto ambiental.

Que uno de los limitantes para la adopción de tecnologías ambientalmente sanas es la falta de recursos por parte de los microempresarios y los pequeños y medianos industriales, para acceder a estas.

Que el artículo 5º Capítulo III del Decreto 369 de 1996, señala que, con cargo a los recursos Fondo Cuenta, el ordenador del gasto podrá autorizar dependiendo de la disponibilidad de los recursos, determinados pagos, sin que esté incluido en estos la cofinanciación de los costos de la asistencia de microempresarios y empresarios de las PYMES, a ferias nacionales e internacionales que tengan como propósito mostrar los últimos desarrollos tecnológicos y su aplicación en los procesos productivos industriales.

Que es necesario adicionar en el artículo 5º Capítulo III de Decreto 369 del 31 de mayo de 1996, el numeral 6, con el objeto de que los microempresarios y pequeños y medianos puedan mejorar en tal sentido.

DECRETA:

Artículo 1º.- Adicionar al artículo 5º del Decreto 369 del 31 de mayo de 1996, el siguiente numeral: 6. El patrocinio o cofinanciación de los costos de la asistencia de microempresarios y empresarios de las PYMES, a ferias nacionales e internacionales que tengan como propósito mostrar los últimos desarrollos tecnológicos y su aplicación en los procesos productivos industriales. Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 27 de octubre 1997. El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1525 de octubre 27 de 1997.

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