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Decreto 920 de 1997

Decreto 920 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
920
Año
1997
Fecha
9 de septiembre de 1997
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 920 DE 1997 (septiembre 9) [Derogado por el art. 69 del Decreto Distrital 854 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4088#1) por el cual se aclara el Decreto 019 de 1994 El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones legales y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 6 del Decreto 019 del 14 de enero de 1994, los Secretarios de Despacho y los Directores de Departamento, Administrativo son los nominadores de los servidores públicos que ingresen por concurso en cargos de carrera administrativa.

Que de conformidad con el inciso 3 del artículo 94 de la Ley 200 de 1995, a sanción disciplinaria impuesta respecto de los servidores de libre nombramiento y remoción y de carrera administrativa, la hará efectiva el nominador.

Que el artículo 95 de la misma Ley establece un término de diez (10) días, que deben entenderse hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la providencia que ordena la sanción, para que el nominador proceda a su ejecución.

Que el acto administrativo por medio del cual se da cumplimiento a una sanción disciplinaria, respecto de todos los servidores públicos de carrera administrativa adscritos a las respectivas Secretarías y Departamentos Administrativos del Distrito corresponde ejecutarlas a los respectivos Secretarios y Directores.

Que en atención a las diversas interpretaciones que se le ha dado a esta facultad, este Despacho estima necesario hacer la consecuente aclaración,

DECRETA:

Artículo 1º.- El cumplimiento y ejecución de las sanciones disciplinarias de todos los servidores públicos de carrera administrativa adscritos a las Secretarías de Despacho y Departamentos Administrativos Distritales corresponde efectuarla a los respectivos Secretarios y Directores. Ver [Decreto 308 de 1997](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2103#1) y [Decreto 719 de 1995](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2409#1). Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 9 de septiembre 1997. El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1492 de septiembre 10 de 1997.

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