Decreto 379 de 1997
Decreto 379 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 379
- Año
- 1997
- Fecha
- 30 de mayo de 1997
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 379 DE 1997 (mayo 30) por el cual se crea EL GALARDÓN SANTA FE DE BOGOTÁ A LA GESTIÓN ESCOLAR como estímulo a las instituciones escolares estatales y privadas de Educación Preescolar, Básica y Media del Distrito Capital. El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en desarrollo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 60 de 1993 y en la Ley 115 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 de la Ley 60 de 1993 le confiere al Distrito Capital, a través de la Secretaría de Educación, la competencia para dirigir, administrar y regular la prestación del servicio educativo en los niveles Preescolar, Básica y Media.
Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994 le otorga a la Secretaría de Educación las funciones de velar por la calidad de la educación a través de programas que fomenten la investigación y la innovación.
Que la gestión es un componente fundamental del proceso educativo y un mecanismo de aseguramiento de la calidad en la prestación del servicio educativo.
DECRETA:
Artículo 1º.-** Crear el GALARDÓN SANTA FE DE BOGOTÁ A LA GESTIÓN ESCOLAR como reconocimiento y estímulo a las instituciones escolares estatales y privadas de enseñanza Preescolar, Básica y Media que hayan logrado articular exitosamente las tareas pedagógicas y administrativas consiguiendo innovar y mejorar la acción educativa.
Parágrafo. - Para 1997 se entregará el Galardón _,_ consistente en una escultura del Logo que lo identifica, un incentivo económico para equipos y materiales, difusión de la experiencia y vinculación preferencial a los planes de apoyo y capacitación de la SED. Artículo 2º.- Delegar al Secretario de Educación para que elabore y adopte la GUÍA DE EVALUACIÓN A LA GESTIÓN ESCOLAR, que contendrá los lineamientos, criterios, componentes, objetivos, estructura, procedimientos, evaluación, adjudicación y compromisos, para la evaluación de las instituciones escolares que participen en la convocatoria al GALARDÓN en 1997. Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de su expedición. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de mayo de 1997. El Alcalde Mayor, PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN. El Secretario de Educación, JOSÉ LUIS VILLAVECES CARDOSO. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en Registro Distrital No. 1425 de mayo 30 de 1997.
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