Decreto 159 de 1997
Decreto 159 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 159
- Año
- 1997
- Fecha
- 7 de marzo de 1997
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 159 DE 1997 (Marzo 7) "Por el cual se aclara el artículo segundo del Decreto 668 del 28 de octubre de 1996". EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, en uso de sus atribuciones legales y en especial de aquellas que le concede el Decreto Ley 1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 668 de 1996 dispuso la modificación del artículo séptimo del Decreto 850 de 1994, en el sentido de suprimir de la estructura orgánica de la Secretaría de Obras Públicas, la División de Producción. * Que el artículo segundo del Decreto 668 de 1996 ordenó la supresión de seiscientos sesenta y ocho (668) cargos de la Planta de Trabajadores Oficiales de la Secretaría de Obras Públicas, discriminándolos en seis grupos que integran la denominación y número de cargos eliminados. * Que el Decreto 668 de 1996 determinó el número de empleos a suprimir para cada uno de los cargos previstos en los seis grupos, en los que se encuentra distribuida la Planta de Trabajadores Oficiales de la Secretaría de Obras Públicas. * Que el Decreto 668 de 1996, al mencionar los cargo de Auxiliar General III y Supervisor del grupo 5 y Auxiliar General IV y Supervisor General del grupo 6, utilizó la denominación dada a los mismos sin tener en cuenta la homologación que sufrieron dichos cargos, mediante el artículo 63 de la Convención Colectiva para la vigencia fiscal de 1996. * Que en mérito de lo expuesto, [Ver el Decreto Distrital 992 de 1997](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8784#0) **
DECRETA:
Artículo primero.
-** Aclarar el artículo segundo del Decreto 668 de 1996, en el sentido de que se debe entender que los cargos mencionados en el cuarto considerando del presente Decreto, corresponden según la homologación realizada mediante la Convención Colectiva de 1996, a la siguiente denominación: \- El Auxiliar General III del grupo 5 se denomina Maestro de Obra Grupo 5. \- Supervisor del Grupo 5 se denomina Maestro de Obra Grupo 5. \- Auxiliar General IV del Grupo 6 se denomina Maestro General de Obra Grupo 6. \- Supervisor General del Grupo 6 se denomina Maestro General de Obra Grupo 6.
Artículo segundo.
- El presente Decreto rige a partir de su publicación. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los siete (7) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete (1997). ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor MARIA ELVIRA PEREZ FRANCO Secretaria de Obras Públicas SONIA VANIN NIETO Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil NOTA: Publicado en el Registro Distrital No.1371 de Marzo 10 de 1997.
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