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Acuerdo 0006 de 1997

Acuerdo 6 de 1997 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Suba II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Tipo
Acuerdo
Número
0006
Año
1997
Fecha
24 de abril de 1997
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** ACUERDO 0006 DE 1997 (Abril 24) Por el cual se crea la oficina de Control Interno del Hospital de Suba Primer Nivel de Atención LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DE SUBA PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 10 de los Estatutos del Hospital de Suba P.N.A, Y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el literal g del artículo 10 del Acuerdo 001 de 1993, corresponde a la Junta Directiva del Hospital crear, fusionar o suprimir dependencias del Hospital sin que se cause erogación presupuestal alguna;

Que la Ley 87 del 29 de Noviembre de 1993 por el cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno de las Entidades y Organismos del estado, establece la necesidad de crear la Oficina Coordinadora de Control Interno que será la encargada de medir y evaluar la eficiencia eficacia y economía de los demás controles, la revelación de los planes establecidos en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas y objetivos previstos.

Que de conformidad con la Ley 87 de 1993 toda entidad u organismo del Estado debe constituir una unidad u oficina del más alto nivel, encargada de realizar las funciones de Control Interno;

Que de conformidad con la citada ley, dicha oficina recibirá el nombre de Oficina Coordinadora de Control Interno;

Que es necesario, crear esta oficina en el Hospital de Suba Primer Nivel de Atención, en cumplimiento a lo dispuesto por las normas antes mencionadas; [Ver el Acuerdo del Hospital de Suba 15 de 2005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19299#0), [Ver la Resolución del Hospital de Suba 159 de 2005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19332#0) **

ACUERDA:

Artículo primero.

Crear la oficina de Control Interno del Hospital de Suba Primer Nivel de Atención, la cual pertenecerá al Nivel Directivo y dependerá directamente de la Dirección del Hospital de Suba P.N.A., encargada de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la revaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.

Artículo segundo.

Las funciones que en general cumplirá la Oficina de Control Interno serán aquellas establecidas en la Ley 87 de 1993, sus disposiciones complementarias y reglamentarias. En especial desarrollará sus funciones, teniendo en cuenta el cumplimiento y logro de los siguientes objetivos fundamentales: a) Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten; b) Garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones, promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional; c) Velar porque todas las actividades y recursos de la organización estén dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad; d) Garantizar la correcta evaluación y seguimiento de la gestión organizacional; e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros. f) Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos; g) Garantizar que el Sistema de Control Interno disponga de sus propios mecanismos de verificación y evaluación; h) Velar porque la entidad disponga de procesos de planeación y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional, de acuerdo con su naturaleza y características.

Artículo tercero.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de abril de 1997 | ** FRANSSIE ADRIANA PERDOMO H. Presidente Junta Directiva ---

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