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Decreto 2234 de 1998

Decreto 2234 de 1998 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
2234
Año
1998
Fecha
2 de noviembre de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 2234 DE 1998 (noviembre 2) por el cual se modifican los artículos 2 y 8 del Decreto 1775 de 1990 y se deroga el Decreto 1511 de 1998. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 16 de la Ley 91 de 1989. **

DECRETA:

Artículo 1º.- El artículo 2 del Decreto 1775 de 1990, modificado por el artículo 1 del Decreto 1511 de 1998, quedará así: "Artículo 2º.-** _Comités Regionales._ De conformidad con lo establecido por el artículo 3 de la Ley 91 de 1989, créase en cada departamento y el Distrito Capital, un Comité del Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio integrado por:

1. El representante del Ministerio de Educación Nacional ante la entidad territorial, quien los presidirá;
2. El delegado del Ministro de Hacienda y Crédito público;
3. Dos representantes de los educadores designados por la organización sindical regional que acredite tener el mayor número de afiliados docentes;
4. El Jefe de la División de Trabajo y Seguridad Social de la respectiva región;
5. Un representante de la entidad fiduciaria con la cual el Gobierno Nacional haya celebrado el contrato de fiducia, con voz pero sin voto".

Artículo 2º.

- El artículo 8 del Decreto 1775 de 1990, modificado por el artículo 2 del Decreto 1511 de 1998, quedará así: "Artículo 8º.- _Reconocimiento._ Efectuada la liquidación el representante del Ministerio de Educación Nacional ante la entidad territorial, expedirá la resolución de reconocimiento conjuntamente con el coordinador Regional de Prestaciones Sociales". Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1511 de 1998. Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 2 de noviembre de 1998. El Presidente de la República, ANDRÉS PASTRANA ARANGO. El Ministro de Educación Nacional, GERMÁN BULA ESCOBAR. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Diario Oficial No. 43.423 de noviembre 6 de 1998.**

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