Decreto 1051 de 1998
Decreto 1051 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 1051
- Año
- 1998
- Fecha
- 14 de diciembre de 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 1051 DE 1998 (Diciembre 14) [Modificado por el Decreto Distrital 366 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4229#0) Por el cual se adopta el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C., En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9° del Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y Decreto Ley 1569 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 443 de 1998, sobre carrera administrativa es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.
Que el Artículo 31 del Decreto Ley 1569 de 1998, dispone que con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones y requisitos generales de que trata dicho Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a establecer las plantas de personal y los correspondientes manuales específicos de funciones y de requisitos.
Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá, mediante Acuerdo 14 de 1998, adoptó los grados de asignación básica para las diferentes denominaciones de empleos que conforman las plantas de personal de los organismos del sector central de la Administración Distrital. En mérito de lo expuesto, [Ver el Decreto Distrital 332 de 2005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17691#0) **
DECRETA:
Artículo 1°.
-** Ajustar la planta global de cargos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, así:
Artículo 2°.
-** Establecer la planta global de cargos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, de acuerdo con la nueva nomenclatura, clasificación de empleos y escala salarial, así:
Artículo 3°.
-** Facultar a la Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, para llevar a cabo la incorporación de los funcionarios de dicho Organismo a los empleos de la planta global que se adopta mediante el presente Decreto.
Parágrafo. Los empleados que actualmente se encuentran prestando sus servicios en el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, deberán ser incorporados a la planta de personal sin que se les exijan requisitos distintos a los ya acreditados y sólo será indispensable para ello la firma del acta respectiva.
Artículo 4°.
-** Autorizar a la Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, para distribuir los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo 5°.
-** Delegar en la Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Requisitos, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1998.
Artículo 6°.
-** La Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del organismo.
Artículo 7°.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los catorce (14) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998). ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor NORA C. ARISTIZÁBAL LÓPEZ Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES Secretario de Hacienda NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Nota: Publicado en el Registro Distrital 1799 de diciembre 14 de 1998. Los cuadros de este Decreto pueden ser consultados en la Imprenta Distrital ó en la oficina de Decretos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor.
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