Decreto 1046 de 1998
Decreto 1046 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 1046
- Año
- 1998
- Fecha
- 14 de diciembre de 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 1046 DE 1998 (Diciembre 14) "Por el cual se adopta el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital". EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9º del Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el Decreto Ley 1569 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 443 de 1998, sobre carrera administrativa es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.
Que el Artículo 31 del Decreto Ley 1569 de 1998, dispone que con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones y requisitos generales de que trata dicho Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a establecer las plantas de personal y los correspondientes manuales específicos de funciones y de requisitos.
Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá, mediante Acuerdo 14 de 1998, adoptó los grados de asignación básica para las diferentes denominaciones de empleos que conforman las plantas de personal de los organismos del sector central de la Administración Distrital. En mérito de lo expuesto, [Ver el Decreto Distrital 720 de 1995](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1687#0) **
DECRETA:
Artículo primero.
-** Ajustar la planta global de personal del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, así:
Artículo segundo.
\- Establecer la planta global de cargos del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos, y a la escala salarial, así:
Artículo tercero.
-** Facultar a la Directora del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, para llevar a cabo la incorporación de los funcionarios de dicho Organismo, a los empleos de la planta global que se adopta mediante el presente Decreto.
Parágrafo. Los empleados que actualmente se encuentran prestando sus servicios en el Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, deberán ser incorporados a la planta de personal sin que se les exijan requisitos distintos a los ya acreditados y sólo requerirán de la firma del acta respectiva.
Artículo cuarto.
- **Autorizar a la Directora del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, para distribuir los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo quinto.
-** Delegar en la Directora del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Requisitos de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1998.
Artículo sexto.
- **La Directora del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del organismo.
Artículo séptimo.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los catorce (14) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998) ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Directora Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES Secretario de Hacienda NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital NOTA: Publicado en el Registro Distrital No.1799 de Diciembre 14 de 1998.
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