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Decreto 1040 de 1998

Decreto 1040 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
1040
Año
1998
Fecha
14 de diciembre de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 1040 DE 1998 (Diciembre 14) "Por el cual se adopta el Sistema General de Nomenclatura y Clasificación de Empleos a la Planta de Empleos Públicos de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital" EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ D, C. en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9º del Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y Decreto Ley 1569 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 443 de 1998, sobre carrera administrativa es aplicable a los empleados públicos que prestan sus servicios en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá.

Que el Artículo 31 del Decreto Ley 1569 de 1998, establece que con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones y requisitos generales de que trata dicho Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a establecer las plantas de personal y los correspondientes manuales específicos de funciones y de requisitos.

Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá, mediante Acuerdo No. 14 de 1998, adoptó los grados de asignación básica para las diferentes denominaciones de empleos que conforman las plantas de personal de los organismos del sector central de la Administración Distrital.

Que en mérito de lo expuesto, [Ver el Decreto Distrital 992 de 1997](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8784#0), [Ver el Decreto Distrital 697 de 1999](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12784#0) **

DECRETA:

Artículo primero.

-** Ajustar la Planta Global de empleos públicos de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital, al sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos, así:

Artículo segundo.

- Establecer la planta global de empleos públicos de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital al sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos así:

Artículo tercero.

- Facultar al Secretario de Despacho de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital,** para realizar la incorporación de los funcionarios de dicho Organismo, a los empleos de la planta global que se adopta mediante el presente Decreto.

Parágrafo. Los empleados que actualmente se encuentran prestando sus servicios en la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital, deberán ser incorporados a la planta de personal sin que se les exijan requisitos distintos a los ya acreditados, sólo requerirán de la firma del acta de posesión.

Artículo cuarto.

-** Autorizar al Secretario de Despacho de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital, para distribuir los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo quinto.

-** Delegar en el Secretario de Despacho de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital, la facultad de expedir y actualizar el Manual de Funciones y Requisitos Específicos, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1998.

Artículo sexto.

-** El Secretario de Despacho de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito Capital, podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del organismo.

Artículo séptimo.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los catorce (14) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998) ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor CLAUDIA FRANCO VELEZ Secretaría de Despacho de la Secretaría de Obras Públicas del Distrito CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES Secretario de Despacho de la Secretaría de Hacienda NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA Directora Departamento Administrativo Servicio Civil NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 1799 de Diciembre 14 de 1998.

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