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Decreto 1039 de 1998

Decreto 1039 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
1039
Año
1998
Fecha
14 de diciembre de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 1039 DE 1998 (Diciembre 14) "Por el cual se adopta el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de la Planta de personal de la Secretaría de Gobierno D.C." EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9º del Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y Decreto Ley 1569 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 443 de 1998, sobre carrera administrativa es aplicable a los empleados públicos que prestan sus servicios en el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá.

Que el Artículo 31 del Decreto Ley 1569 de 1998, establece que con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones y requisitos generales de que trata dicho Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a establecer las plantas de personal y los correspondientes manuales específicos de funciones y de requisitos.

Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá, mediante Acuerdo No. 14 de 1998, adoptó los grados de asignación básica para las diferentes denominaciones de empleos que conforman las plantas de personal de los organismos del sector central de la Administración Distrital.

Que en mérito de lo expuesto, [Ver el Decreto Distrital 368 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=#0) **

DECRETA:

Artículo 1o.

-** Ajustar la Planta Global de empleos públicos de la Secretaría de Gobierno D.C., al sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos, así:

Artículo 2o.

-** Establecer la planta global de cargos de la Secretaría de Gobierno, D.C., al sistema de nomenclatura y clasificación de empleos:

Artículo 3o.

-** Facultar al SECRETARIO DE DESPACHO de la Secretaría de Gobierno, D.C., para llevar a cabo la incorporación de los funcionarios de dicho Organismo, a los empleos de la planta global que se adopta mediante el presente Decreto.

Parágrafo. Los empleados que actualmente se encuentran prestando sus servicios en la Secretaria de Gobierno, D.C., deberán ser incorporados a la planta de personal sin que se les exijan requisitos distintos a los ya acreditados y solo requerirán de la firma del acta respectiva.

Artículo 4o.

- **Autorizar al SECRETARIO DE DESPACHO de la Secretaria de Gobierno, D.C., para distribuir los empleos de la planta global, según las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo 5o.

-** Delegar en el SECRETARIO DE DESPACHO de la Secretaría de Gobierno, D.C., la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y Requisitos de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1569 de 1998.

Artículo 6o.

- **El SECRETARIO DE DESPACHO de la Secretaria de Gobierno, D.C., podrá crear y organizar grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas, planes y programas del organismo.

Artículo 7o.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los catorce (14) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho (1998) ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor HÉCTOR RIVEROS SERRATO Secretario de Despacho CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES Secretario de Hacienda NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 1799 de Diciembre 14 de 1998.

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