Decreto 749 de 1998
Decreto 749 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 749
- Año
- 1998
- Fecha
- 1 de septiembre de 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 749 DE 1998 (septiembre 1) por el cual se modifica la plancha oficial de zonificación y tratamientos __ No.16, adoptada por los Decretos Reglamentarios del Acuerdo 6 de 1990, y se dictan otras disposiciones. El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el Decreto Ley 1421 dé 1993, artículo 38, ordinal 4º, y el Acuerdo 6 de 1990, artículo 384,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Administrativo de Planeación Distrital frente a las nuevas políticas de concepción de la ciudad, inició un proceso de análisis de la reglamentación y evaluó la situación actual del sector en el cual se localiza la Urbanización El Retiro, ubicada en la Localidad de Engativá, y concluyó que se __ hace necesario modificar su forma de implantación urbana.
Que la finalidad de las disposiciones urbanísticas contenidas en el presente Decreto apuntan a rescatar la estructura urbana original del sector.
Que el Departamento Administrativo de Planeación Distrital evalué el impacto del pago compensatorio de las cesiones tipo A en las áreas ya desarrolladas de la Urbanización El Retiro y, concluyó, que se están produciendo incrementos considerables de densidad en esta área de la ciudad, sin que se contribuya a la generación del espacio público necesario para asumir este crecimiento urbano; por tanto, se hace necesario modificar la asignación de tratamientos, con el fin de lograr mayores áreas de cesión.
Que el presente Decreto fue discutido con la Junta de Protección del Patrimonio Urbano, en la sesión 14 del 2 de junio de 1998, la cual compartió la decisión de asignar el Tratamiento de Conservación Urbanística categoría C-2 Transición a un sector del área delimitada en el presente Decreto. **
DECRETA:
Artículo 1º.- _Ámbito de Aplicación_. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto rigen solamente para los predios comprendidos en el sector que se delimita a continuación: POR EL NORTE: El costado sur de la diagonal 87A entre el interior de los predios que dan frente a la transversal 73 __ y la Avenida Morisca. POR EL ORIENTE: Los predios que dan frente a la Avenida Morisca, continuando por el límite de la Urbanización Los Lagos, hasta donde termina la diagonal 88A y continúa por los predios que dan frente a la ronda occidental del Río Juan Amarillo, continuando por el límite de la Urbanización El Minuto de Dios hasta la transversal 73, continuando por el eje de la transversal 73 hasta la diagonal 84C. POR EL COSTADO SUR: El costado norte de la diagonal 84C, entre la transversa 73 y el límite del conjunto multifamiliar El Minuto de Dios y la Urbanización Los Cárpatos. hasta el interior de los predios que dan frente a la transversal 75C. POR EL OCCIDENTE: El interior de los predios que dan frente al costado oriental de transversal 75 A entre el límite de la Urbanización Los Cárpatos y la diagonal 87 A. La extensión de los polígonos aparece indicada en el plano anexo No.1, y se identifican como polígonos de zonificación, con los siguientes códigos: TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN: Zona Residencial General Código CRG 0l 3A TRATAMIENTO DE ACTUALIZACIÓN: Zona Residencial General Código ARG 0l 3C TRATAMIENTO de DESARROLLO: Zona Residencial General Código DRG A-1 Artículo 2º.- Para los lotes que se ubican dentro del Tratamiento General de Desarrollo, respecto de los cuales se soliciten licencias de urbanización no se permite compensar la cesión tipo A en dinero; no obstante, se puede cumplir con la obligación de prever dichas cesiones en el mismo sector, en la zona de manejo y preservación de la Ronda del Río Juan Amarillo. Artículo 3º.- _Planos Oficiales_. El plano anexo No.1, a que se refiere la presente reglamentación, hace parte integrante del presente Decreto. El Departamento Administrativo de Planeación Distrital deberá actualizar los polígonos y códigos de reglamentación en la plancha oficial de zonificación y tratamientos No.16, conforme a las modificaciones contenidas en este Decreto y en el plano anexo No.1. Artículo 4º.- _Vigencias y Derogatorias_. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 1 de septiembre de 1998. Publíquese y cúmplase. El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. La Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital, NORA CECILIA ARISTIZÁBAL LÓPEZ NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1729 de Septiembre 1 de 1998
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…