Decreto 243 de 1998
Decreto 243 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 243
- Año
- 1998
- Fecha
- 19 de febrero de 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 243 DE 1998 (febrero 19)[Derogado por el art. 4, Decreto 395 de 2019.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85285#4) por medio del cual se crea el Comité Distrital coordinador de Parques y zonas verdes del Distrito Capital. El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto 1421 de 1993 y, **
CONSIDERANDO:
Que es de vital importancia para la Administración Distrital, propiciar buenas formas de convivencia, para mejorar la calidad de vida de los habitantes de Santa Fe de Bogotá, D.C., y su zona de influencia.
Que dentro del Plan de Gobierno de la Administración Distrital se encuentra como proyecto primordial la adecuación de Parques Distritales, así cómo la recuperación de zonas __ verdes y promover el mejor aprovechamiento del tiempo libre de los ciudadanos.
Que se hace necesario conformar un Comité Asesor del Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., encargado de reunir tanto a las entidades distritales, como a las entidades privadas que tengan influencia en el desarrollo de parques de la ciudad, con el fin de coordinar la formulación de planes y __ programas relacionados con el manejo de parques y zonas verdes del Distrito Capital. [Ver el Acuerdo Distrital 327 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32770#0) **
DECRETA:
Artículo 1º.
-** Créase el Comité Distrital coordinador de parques y zonas verdes del Distrito Capital, como órgano asesor permanente del Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., conformado así:
* Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá.
* Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte o su delegado.
* Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente o su delegado.
* Director del Jardín Botánico o su delegado.
* Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado o su delegado.
* Gerente de la Empresa de Energía o su delegado.
* Comandante de la Policía Metropolitana de Santa Fe de Bogotá o su delegado.
* Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital o su delegado.
Parágrafo 1º. - Considerando la trayectoria e influencia en el desarrollo de parques en Santa Fe de Bogotá, serán invitados permanentes al Comité, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), la Cámara de Comercio de Bogotá y la Fundación Compartir, por intermedio de delegados. Subrogado excluído la Fundación Compartir como invitada permanente al Comité Distrital[Decreto 748 de 1999](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1706#1)
Parágrafo 2º. -** Los miembros e invitados al Comité Distrital de Parques no percibirán remuneración alguna por la asistencia al mismo.
Artículo 2º.
-** El Comité Distrital de parques y zonas verdes será presidido por el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá o en su defecto por el Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.
Artículo 3º.
-** El Comité designará un coordinador quien ejercerá las funciones de Secretaría cuando éste se reúna. El coordinador hará un seguimiento a las decisiones que adopte el Comité.
Artículo 4º.
-** El Comité Distrital coordinador de parques y zonas verdes, se reunirá al menos una vez por mes, previa convocatoria hecha por el Coordinador.
Artículo 5º.-** Serán funciones del Comité Distrital coordinador de parques y zonas verdes:
* Recomendar acciones prioritarias para la conformación de reservas de áreas verdes y parques.
* Evaluar y priorizar los proyectos de adecuación de parques así como de programas y actividades a realizar en los mismos.
* Evaluar y proponer parámetros, procedimientos, políticas y criterios para el manejo de los proyectos de parques al igual que su administración.
* Proponer criterios y parámetros para el control en la ejecución de los proyectos.
* Recomendar tareas para entidades para lograr una adecuada coordinación interinstitucional, en la implementación de los proyectos.
* Recomendar planes maestros para parques de impacto distrital y definir las políticas de manejo de impacto local.
* Recomendar la entidad responsable de ejecutar los proyectos y estimar la cuantía de los recursos requeridos.
* Definir políticas para el desarrollo de programas y actividades recreativas deportivas y culturales a realizarse en los parques Distritales y coordinar las entidades de Distrito responsables de la implementación, y * Supervisar y apoyar el proyecto de arborización que adelanta el jardín Botánico [Ver la Resolución del I.D.R.D. 404 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14269#0)
Artículo 6º.
-** Para el diseño y la evaluación de las propuestas, el Comité determinará las necesidades requeridas y señalará la entidad responsable de atenderlas.
Artículo 7º.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 19 de febrero 1998 El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1611 de marzo 4 de 1998
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…