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Decreto 006 de 1998

Decreto 6 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
006
Año
1998
Fecha
2 de enero de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 006 DE 1998 (Enero 2) por el cual se define la estructura de administración y responsabilidades en el relleno sanitario de Doña Juana y en la zona del Río Tunjuelito. El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo 1º.- Designar al Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, como coordinador de todas las acciones operativas y administrativas para atender la alerta roja en el relleno sanitario de Doña Juana y la zona afectada del Río Tunjuelito. Artículo 2º.-** Como coordinador de la emergencia, el Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir y coordinar las acciones del Comité Técnico a corto y mediano plazo.

2. Adelantar la gestión y las acciones para garantizar la disponibilidad de recursos para atender la emergencia.

3. Adelantar los análisis y estudios para determinar las posibles responsabilidades en la generación del deslizamiento.

4. Realizar los estudios y las acciones legales para establecer los posibles daños sufridos por terceros.

5. Llevar un registro de todas las acciones adelantadas y una contabilidad separada de los gastos realizados.

Artículo 3º.

-** Establecer un Comité Técnico integrado por un delegado de cada una de las siguientes entidades:

* Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, E.S.P.

* Secretaría Distrital de Salud * Secretaría de Obras Públicas * Departamento Administrativo del Medio Ambiente * Unidad para la Prevención y Atención de Emergencias * Un Delegado de la Policía Metropolitana y el Alcalde Local.

El Comité Técnico estudiará especialmente los temas relacionados con salud pública, manejo de basuras, control hidráulico, control ambiental y comunidad. Artículo 4º.- El Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, informará periódicamente al Comité de emergencia, presidido por el Alcalde Mayor y conformado por el Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, el Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente, la Secretaría de Salud del Distrito y el Director de la Unidad para la Prevención y Atención de Emergencias. Artículo 5º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga los Decretos 954 y 968 de 1997 y tendrá vigencia en tanto subsistan las causas que le dieron origen. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 2 de enero de 1998. El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1570 de enero 5 de 1998.

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