Decreto 006 de 1998
Decreto 6 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 006
- Año
- 1998
- Fecha
- 2 de enero de 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 006 DE 1998 (Enero 2) por el cual se define la estructura de administración y responsabilidades en el relleno sanitario de Doña Juana y en la zona del Río Tunjuelito. El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1º.- Designar al Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, como coordinador de todas las acciones operativas y administrativas para atender la alerta roja en el relleno sanitario de Doña Juana y la zona afectada del Río Tunjuelito. Artículo 2º.-** Como coordinador de la emergencia, el Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos tendrá las siguientes funciones:
1. Dirigir y coordinar las acciones del Comité Técnico a corto y mediano plazo.
2. Adelantar la gestión y las acciones para garantizar la disponibilidad de recursos para atender la emergencia.
3. Adelantar los análisis y estudios para determinar las posibles responsabilidades en la generación del deslizamiento.
4. Realizar los estudios y las acciones legales para establecer los posibles daños sufridos por terceros.
5. Llevar un registro de todas las acciones adelantadas y una contabilidad separada de los gastos realizados.
Artículo 3º.
-** Establecer un Comité Técnico integrado por un delegado de cada una de las siguientes entidades:
* Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, E.S.P.
* Secretaría Distrital de Salud * Secretaría de Obras Públicas * Departamento Administrativo del Medio Ambiente * Unidad para la Prevención y Atención de Emergencias * Un Delegado de la Policía Metropolitana y el Alcalde Local.
El Comité Técnico estudiará especialmente los temas relacionados con salud pública, manejo de basuras, control hidráulico, control ambiental y comunidad. Artículo 4º.- El Director de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, informará periódicamente al Comité de emergencia, presidido por el Alcalde Mayor y conformado por el Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, el Director del Departamento Administrativo del Medio Ambiente, la Secretaría de Salud del Distrito y el Director de la Unidad para la Prevención y Atención de Emergencias. Artículo 5º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga los Decretos 954 y 968 de 1997 y tendrá vigencia en tanto subsistan las causas que le dieron origen. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 2 de enero de 1998. El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1570 de enero 5 de 1998.
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