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Directiva 008 de 1999

Directiva 8 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Directiva
Número
008
Año
1999
Fecha
9 de agosto de 1999
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DIRECTIVA 008 DE 1999 (Agosto 9) | PARA: | ALCALDES LOCALES Y UNIDADES EJECUTIVAS DE LOCALIDADES ---|--- DE: | ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO ALCALDE MAYOR ASUNTO: | SIMPLIFICACIÓN DE ´PROCEDIMIENTOS Y PRECISIÓN DE ALCANCES DECRETO 739 DE 1998 [Ver la Directiva Distrital 3 de 1998](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3533#1), [Ver la Directiva Distrital 7 de 1998 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3526#0), [Ver la Directiva Distrital 8 de 1998 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3523#0), [Ver la Directiva Distrital 10 de 1998](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3522#0), [Ver la Directiva Distrital 12 de 1998 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3521#0), [Ver la Directiva Distrital 17 de 1998 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3532#0), [Ver los arts. 35 y 36, Parágrafo 3, Decreto Distrital 854 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4088#35)

Con el propósito de fortalecer políticamente la descentralización y de hacer más eficientes los procedimientos precontractuales de ejecución de los recursos de los Fondos de Desarrollo Local a cargo de las entidades delegatarias de la ordenación del gasto, se hace necesario precisar los alcances del Decreto Distrital 739 de 1998.

Los encuentros ciudadanos son un espacio preferente de deliberación y discusión, constituidos con el propósito fundamental de promover la participación en torno de los temas diversos que afectan a la comunidad así como la presentación de iniciativas ciudadanas ante las entidades respectivas con el fin de evaluar y analizar las soluciones más convenientes a los problemas locales. Así mismo, se constituyen como un escenario de rendición de cuentas de la administración central y de todas sus entidades, que busca promover el control social de la gestión pública.

Es así como los procedimientos regulares correspondientes a las etapas contractual y precontractual de ejecución de los recursos de los Fondos de Desarrollo Local a cargo de las UEL y de las entidades delegatarias de la ordenación del gasto deben estar en concordancia en particular con los Decretos Distritales 1228 de 1997 y 449 de 1999; las leyes, normas nacionales y directivas distritales expedidas para tal fin, bajo los principios de simplicidad, eficiencia, celeridad y transparencia.

Los alcaldes locales tienen la responsabilidad exclusiva de orientar, diseñar, promover y coordinar todo lo correspondiente a la etapa precontractual de ejecución de los recursos de los Fondos de Desarrollo Local en lo relacionado con la formulación de los proyectos así como el envío de solicitudes de contratación a las respectivas Unidades Ejecutivas de Localidades, para lo cual deberán procurar la mayor celeridad, coherencia técnica con las políticas del sector respectivo y cumplimiento de las normas distritales expedidas para tal fin.

Las UEL deberán fortalecerse administrativamente durante 1999 y para el año 2000 al interior de cada una de las entidades delegatarias del sector central, secretarías, departamentos e institutos. Para tal efecto podrán formular un proyecto de inversión específico al interior de cada entidad, con plan de acción, metas, objetivos y actividades que propendan por fortalecer el modelo de descentralización especializada por sectores de inversión de las UEL, de acuerdo con las prioridades del Plan de Desarrollo Distrital.

Para todos los efectos, las entidades delegatarias de la ordenación del gasto, los alcaldes locales y las UEL deberán dar estricto cumplimiento a todas las Directivas y Decretos expedidos a partir de 1998 y durante 1999 relacionados con el tema, con el fin de garantizar cada uno dentro del ámbito de su competencia los principios expuestos y el cumplimiento de las metas de inversión anual de los recursos de los Fondos de Desarrollo Local.

FirmaENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.

Alcalde Mayor

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