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Decreto 271 de 2000

Decreto 271 de 2000 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
271
Año
2000
Fecha
22 de febrero de 2000
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 271 DE 2000

(Febrero 22)

_Por el cual se establece la planta de personal de la Contraloría General de la República_

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades extraordinarias conferidas por el artículo 1 de la Ley 573 del 7 de Febrero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional escuchó el concepto del Contralor General de la República de que trata el parágrafo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=148838#1.p.3) del artículo 1 de la Ley 573 del 7 de Febrero de 2000.

Que analizadas las necesidades, competencias y responsabilidades a cargo de la Contraloría General de la República, es necesario establecer una planta de personal que permita el cumplimiento eficiente y eficaz de la gestión a cargo de la Contraloría General de la República,

DECRETA:

ARTÍCULO 1 _. SUPRESIÓN DE EMPLEOS_. Suprímanse de la planta de personal de la Contraloría General de la República los siguientes empleos: | Número | Denominación del Empleo | Grado ---|---|--- Uno (1) | Vicecontralor | 27 Uno (1) | Secretario General | 26 Uno (1) | Secretario Administrativo | 26 Siete (7) | Director General Siete (7) | 25 Seis (6) | Jefe de Oficina | 25 Treinta y dos (32) | Director Seccional | 24 Uno (1) | Secretario Privado | 24 Dos (2) | Asesor | 24 Treinta y cuatro (34) | Jefe de Unidad | 17 Uno (1) | Director | 17 Sesenta y siete (67) | Jefe de Unidad Seccional | 16 Treinta y siete (37) | Jefe de División | 15 Uno (1) | Rector | 15 Doscientos sesenta y uno (261) | Jefe de División Seccional | 14 Ciento setenta y cuatro (174) | Profesional Universitario | 13 Dos (2) | Vicerrector Uno (1) | Coordinador | 13 Cuatro (4) | Orientador Educativo | 12 Trescientos veinte (320) | Profesional Universitario | 12 Dos (2) | Secretario General | 11 Cuatrocientos setenta (470) | Profesional Universitario | 11 Mil cien (1.100) | Profesional Universitario | 10 Cincuenta (50) | Profesor Mil doscientos sesenta y seis (1.266) | Profesional Universitario | 09 Nueve (9) | Secretaria de Despacho | 08 Noventa (90) | Auxiliar Administrativo | 07 Trescientos noventa y nueve (399) | Auxiliar Administrativo | 06 Doscientos veintiséis (226) | Auxiliar Administrativo | 05 Quinientos cinco (505) | Auxiliar Administrativo | 04 Cincuenta (50) | Conductor | 03 Dieciocho (18) | Auxiliar Operativo | 03 Treinta y cuatro (34) | Mensajero | 02 Catorce (14) | Auxiliar Operativo | 02 Ciento cuarenta (140) | Auxiliar Operativo | 01 Doscientos treinta (230) | Mensajero | 01 ARTÍCULO 2._PLANTA DE PERSONAL_. Las funciones propias de la Contraloría General de la República serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación.

DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL

Número | Denominación del Empleo | Grado ---|---|--- Uno (1) | Contralor General de la República Uno (1) | Secretario Privado | 02 Siete (7) | Asesor de Despacho | 02 Un (1) | Coordinador de Gestión | 03 Dos (2) | Coordinador de Gestión | 02 Cinco (5) | Profesional Especializado | 04 Uno (1) | Profesional Universitario | 02 Uno (1) | Tecnólogo | 01 Uno (1) | Secretario Ejecutivo | 06 Uno (1) | Secretario Ejecutivo | 05 Tres (3) | Auxiliar Administrativo | 03 Dos (2) | Auxiliar Operativo | 02

DESPACHO DEL VICECONTRALOR

Número | Denominación del Empleo | Grado ---|---|--- Uno (1) | Vicecontralor Seis (6) | Asesor de Despacho | 02 Uno (1) | Tecnólogo | 01 Uno (1) | Secretario Ejecutivo | 06 Uno (1) | Secretario Ejecutivo | 05 Cuatro (4) | Auxiliar Administrativo | 03 Tres (3) | Auxiliar Operativo | 02

PLANTA GLOBAL

Número | Denominación del Empleo | Grado ---|---|--- Diez (10) | Contralor Delegado | 04 Dos (2) | Gerente | 04 Siete (7) | Director de Oficina | 04 Veintiséis (26) | Director | 03 Gerente Departamental | 01 Tres (3) | Asesor de Despacho | 02 Cuarenta y tres (43) | Asesor de Gestión | 01 Catorce (14) | Coordinador de Gestión | 03 Ochenta y Dos (82) | Coordinador de Gestión | 02 Un (1) | Tesorero | 02 Cincuenta y Cinco (55) | Coordinador de Gestión | 01 Cuarenta y Ocho (48) | Profesional Especializado | 04 Setenta (70) | Profesional Especializado | 03 Setecientos Treinta (730) | Profesional Universitario | 02 Dos Mil Ciento Treinta y Cinco ( 2.135) | Profesional Universitario | 01 Ochenta y siete (87) | Tecnólogo | 01 Veinte (20) | Secretario Ejecutivo | 05 Doscientos (200) | Secretario | 04 Doscientos Sesenta y cuatro (264) | Auxiliar Administrativo | 03 Veintitrés (23) | Auxiliar Operativo | 02 Ciento sesenta y tres (163) | Auxiliar Operativo | 01 ARTÍCULO 3._DISTRIBUCIÓN DE EMPLEOS_. El Contralor General de la República, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal a que se refiere el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas, procesos, proyectos y políticas de la Contraloría General de la República.

El traslado de servidores públicos que implique cambio permanente de sede territorial se efectuará previa consulta con la Comisión de Personal.

ARTÍCULO 4._GRUPOS DE TRABAJO_. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la entidad, el Contralor General de la República podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.

En el acto de creación de tales grupos se determinarán las actividades que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades.

ARTÍCULO 5._INCORPORACIÓN A LA NUEVA PLANTA_. La incorporación de los empleados a la planta de personal adoptada por este decreto, se efectuará conforme a las disposiciones legales sobre la materia dentro de los cuatro (4) meses siguientes, contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto.

Parágrafo. 1. Los empleados de la Contraloría General de la República continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan, hasta tanto se produzca su incorporación a la planta de personal establecida en el presente decreto y tomen posesión del cargo.

Parágrafo. 2. El Contralor General de la República podrá efectuar incorporaciones parciales a la planta de personal determinada en el presente decreto, caso en el cual los empleados devengarán la remuneración correspondiente, desde la fecha en que se produzca la posesión respectiva.

ARTÍCULO 6._INCORPORACIÓN O INDEMNIZACIÓN_. Los empleados pertenecientes a la carrera administrativa de la Contraloría General de la República, a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente decreto, podrán optar entre la incorporación o la indemnización de acuerdo con lo dispuesto en el régimen especial de carrera administrativa de la Contraloría General de la República.

ARTÍCULO 7._VIGENCIA_. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga los Artículos [106](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3425#106) y [107](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3425#107) de la Ley 106 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 22 días del mes de febrero del año 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO

NESTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA

Ministro del Interior

JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR

Ministro de Hacienda y Crédito Público

MAURICIO ZULUAGA RUIZ

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública

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