Decreto 779 de 2000
Decreto 779 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 779
- Año
- 2000
- Fecha
- 15 de septiembre de 2000
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**Decreto 779 de 2000 (Septiembre 15) «Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 10 de enero y el 31 de diciembre del 2000". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por los artículos 63 y 64 del Decreto 714 de 1996, y [Ver Decreto Distrital 1085 de 2000](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4039#1)
CONSIDERANDO:
Que el Concejo de Bogotá en cumplimiento del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, aprobó el Acuerdo 41 de 1999, «Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal del 2000 y se dictan otras disposiciones», el cual se liquidó a través del Decreto 936 de 1999.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, el Gobierno Distrital podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, cuando la Secretaría de Hacienda estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos.
Que de acuerdo con el oficio UDT-DPST-080 del 21 de enero del año 2000, el Departamento Nacional de Planeación comunicó el valor inicial presupuestado de la Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación (PICN) asignado a Bogotá para la actual vigencia por la suma de $241.866.753.938.
Que mediante el oficio UDT-DPST-475 del 2 de junio del año 2000, el Departamento Nacional de Planeación comunicó el nuevo valor de la Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación asignado a Bogotá para la actual vigencia, por un valor de $220.186.006.477, por lo cual es necesario reducir $21.680.747.461 por este concepto.
Que se requiere reducir los recursos del Situado Fiscal suspendidos en la Administración Central mediante el Decreto 533 del 30 de junio del año 2000 por valor de $23.674.552.883.
Que el Fondo Financiero Distrital de Salud, recibirá recursos adicionales del Ministerio de Salud por $5.841.699.000 y $3.745.816.195 provenientes de Otras Transferencias Nación, por lo cual efectúa una sustitución de Rentas e Ingresos por igual cuantía.
Que con base en las anteriores consideraciones es necesario reducir el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal 2000, en la suma de $45.355.300.344 y realizar una sustitución de rentas, e ingresos en el Fondo Financiero Distrital de Salud por valor de $9.587.515.195. En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1o.-** Redúzcase el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2000 en la suma de cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y cinco millones trescientos mil trescientos cuarenta y cuatro pesos ($45.355.300.344) moneda corriente, según el siguiente detalle:
REDUCCIÓN DE RENTAS E INGRESOS ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 2 | INGRESOS | 45.355.300.344 ---|---|--- 2 2 | TRANSFERENCIAS | 45.355.300.344 2 2 1 | NACIÓN | 45.355.300.344 2 2 1 01 | Participación en Ingresos Corrientes de la Nación | 21.680.747.461 2 2 1 02 | Situado Fiscal | 23.674.552.883 2 2 1 02 01 | Salud | 10.039.749.472 2 2 1 02 02 | Educación | 13.634.803.411 TOTAL REDUCCIÓN ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 45.355.300.344 **
Artículo 2o.
-
Redúzcase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal 2000 en la suma de cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y cinco millones trescientos mil trescientos cuarenta y cuatro pesos ($45.355.300.344) moneda corriente, según el siguiente detalle:
REDUCCIÓN DE GASTOS E INVERSIONES ADMINISTRACIÓN CENTRAL 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | ---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 3 | GASTOS | 22.481.812.897 3 3 | INVERSIÓN | 22.481.812.897 3 3 2 | TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN | 22.481.812.897 3 3 2 01 | Establecimientos Públicos | 20.306.641.896 3 3 2 01 04 | Fondo Financiero Distrital de Salud | 17.671.372.578 3 3 2 01 11 | Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD | 1.457.336.784 3 3 2 01 12 | Instituto Distrital de Cultura y Turismo - IDCT | 1.177.932.534 3 3 2 02 | Otras Transferencias | 2.175.171.001 3 3 2 02 02 | EAAB-ESP | 2.175.171.001 3 3 2 02 02 01 | Santa Fe I y Desmarginalización | 2.175.171.001 112 | SECRETARÍA DE EDUCACIÓN | ---|---|--- 3 | GASTOS | 21.873.487.447 3 3 | INVERSIÓN | 21.873.487.447 3 3 1 | DIRECTA | 21.873.487.447 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 21.873.487.447 3 3 1 10 02 | INTERACCIÓN SOCIAL | 21.873.487.447 3 3 1 10 02 07 | Mejoramiento de la Calidad de la Educación | 21.873.487.447 3 3 1 10 02 07 4232 | Servicios Docentes - Nómina de Docentes Distritales | 21.873.487.447 122 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR | ---|---|--- | SOCIAL | 3 | GASTOS | 1.000.000.000 3 3 | INVERSlÓN | 1.000.000.000 3 3 1 | DIRECTA | 1.000.000.000 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 1.000.000.000 3 3 1 10 02 | INTERACCIÓN SOCIAL | 1.000.000.000 3 3 1 10 02 09 | Mejoramiento de la Calidad y Aumento de la Cobertura de | | Servicios a Grupos Vulnerables | 1.000.000.000 3 3 1 10 02 09 7154 | Atención al Niño de 0 a 5 años de Familias en Pobreza | 1.000.000.000 TOTAL RECORTE ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 45.355.300.344 Parágrafo primero.-
El monto correspondiente al recorte de recursos provenientes de la Participación de Ingresos Corrientes de la Nación de que trata este artículo, se reflejará en los siguientes Establecimientos Públicos, así:
** ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 211 | INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL | ---|---|--- | DEPORTE - IDRD | | | 2 | INGRESOS | 1.457.336.784 2 2 | TRANSFERENCIAS | 1.457.336.784 2 2 4 | ADMINISTRAClÓN CENTRAL | 1.457.336.784 2 2 4 01 | Aporte Ordinario | 1.457.336.784 | | 3 | GASTOS | 1.457.336.784 3 3 | INVERSIÓN | 1.457.336.784 3 3 1 | DIRECTA | 1.457.336.784 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 1.457.336.784 3 3 1 10 03 | CIUDAD A ESCALA HUMANA | 357.201.214 3 3 1 10 03 11 | Recuperación, Mejoramiento y Ampliación de Parques, Infraestructura Recreativa, Deportiva y Ecosistemas Estratégicos | 357.201.214 3 3 1 10 03 11 3011 | Desarrollo Infraestructura de Parques y Escenarios | 357.201.214 3 3 1 10 06 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA | 1.100.135.570 3 3 1 10 06 24 | Fomento al Buen Uso del Tiempo Libre y el Espacio Público | 1.100.135.570 3 3 1 10 06 24 1180 | Apoyo al Deporte Asociado | 1.100.135.570 | | 212 | INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO - | | IDCT | | | 2 | INGRESOS | 1.177.932.534 2 2 | TRANSFERENCIAS | 1.177.932.534 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 1.177.932.534 2 2 4 01 | Aporte Ordinario | 1.177.932.534 | | 3 | GASTOS | 1.177.932.534 3 3 | INVERSIÓN | 1.177.932.534 3 3 1 | DIRECTA | 1.177.932.534 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 1.177.932.534 3 3 1 10 03 | CIUDAD A ESCALA HUMANA | 800.000.000 3 3 1 10 03 10 | Recuperación, Mejoramiento y Ampliación del Espacio Público | 800.000.000 3 3 1 10 03 10 7135 | Diseño, Construcción, Adquisición, Remodelación, Dotación de Espacios Académicos y Culturales | 800.000.000 3 3 1 10 06 | SEGURIDAD Y CONVIVENCIA | 377.932.534 3 3 1 10 06 23 | Promoción de la Solidaridad y Compromiso para la | | Convivencia Ciudadana | 150.000.000 3 3 1 10 06 23 7140 | Programas de Participación Comunitaria | 150.000.000 3 3 1 10 06 24 | Fomento al Buen Uso del Tiempo Libre y el Espacio Público | 227.932.534 3 3 1 10 06 24 7142 | Fortalecimiento Planetario Distrital | 50.000.000 3 3 1 10 06 24 7143 | Redimensionamiento de la Academia Superior de Artes de | | Bogotá | 177.932.534
Parágrafo segundo. -
El recorte en el Fondo Financiero Distrital de Salud proveniente de los recursos de la Participación en los Ingresos Corrientes de la Nación por valor de $7.631.623.106 se compensará con el recaudo de Otras Transferencias Nación, para lo cual se efectuará la siguiente sustitución de rentas:
** 138 | FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD | DISMINUYE ---|---|--- | | 2 | INGRESOS | 7.631.623.106 2 2 | TRANSFERENCIAS | 7.631.623.106 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 7.631.623.106 2 2 4 03 | Participación Ingresos Corrientes de la Nación | 7.631.623.106 | | | | AUMENTA | | 2 | INGRESOS | 7.631.623.106 2 2 | TRANSFERENCIAS | 7.631.623.106 2 2 1 | NACIÓN | 7.631.623.106 2 2 1 05 | Otras Transferencias Nación | 7.631.623.106
Parágrafo tercero. - ** El monto de que trata el artículo 1°, Parágrafo Primero del Decreto 533 del 30 de junio de 2000 por valor de $1.955.892.089, se sustituirá con el recaudo de Otras Transferencias Nación, así:
138 | FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD | DISMINUYE ---|---|--- | | 2 | INGRESOS | 1.955.892.089 2 2 | TRANSFERENCIAS | 1.955.892.089 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 1.955.892.089 2 2 4 04 | Situado Fiscal | 1.955.892.089 2 2 4 04 01 | Salud | 1.955.892.089 | | | | AUMENTA | | 2 | INGRESOS | 1.955.892.089 2 2 | TRANSFERENCIAS | 1.955.892.089 2 2 1 | NACIÓN | 1.955.892.089 2 2 1 05 | Otras Transferencias Nación | 1.955.892.089
Artículo 3o.
-
Suspéndase la siguiente apropiación Presupuestal financiada con recursos provenientes de la Administración Central - Participación Ingresos Corrientes de la Nación, en el Fondo Financiero Distrital de Salud por valor de $1.789.924.106 así: 138 | FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD | ---|---|--- | | 3 | GASTOS | 3 3 | INVERSlÓN | 1.789.924.106 3 3 1 | DIRECTA | 1.789.924.106 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 1.789.924.106 3 3 1 10 02 | INTERACCIÓN SOCIAL | 1.789.924.106 3 3 1 10 02 08 | Mejoramiento de la Calidad y Cobertura en la Prestación de | | los Servicios de Salud | 1.789.924.106 3 3 1 10 02 08 4292 | Prestación de Servicios a la Población Participante Vinculada | | al Sistema | 1.789.924.106
Artículo 4o.
-
Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.
Artículo 5o.
-
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil (2000).
Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO; Secretario de Hacienda, CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES**
Nota: Publicado en el Registro Distrital numero 2230 de septiembre 15 de 2000.
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