Decreto 776 de 2000
Decreto 776 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 776
- Año
- 2000
- Fecha
- 15 de septiembre de 2000
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO 776 DE 2000 (Septiembre 15) «Por el cual se asignan unas funciones relacionadas con la Liquidación de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DISTRITAL y se derogan unas disposiciones» EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL, En uso de sus atribuciones legales y constitucionales y en especial las conferidas en los numerales 3o. y 6o. del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993
CONSIDERANDO:
Que dentro de los trámites adelantados para la liquidación de la Caja de Previsión Social del Distrito Capital, se adoptaron medidas tendientes a organizar aquellas funciones que se encontraban a cargo de la citada entidad, pero que debían seguirse cumpliendo con posterioridad a la liquidación de la misma.
Que como consecuencia de lo anterior, la Administración Distrital mediante los Decretos 1205 de 1997 y 029 de 1999, asignó a la Secretaría de Hacienda la función de custodiar el archivo administrativo de la Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación y al Departamento Administrativo del Servicio Civil la función de custodia de las hojas de vida de los exfuncionarios de la Caja de Previsión Social en Liquidación; así mismo les asignó a las citadas entidades la función de expedir las certificaciones a que hubiere lugar con respecto a los archivos entregados.
Que en el proceso adelantado por las entidades antes señaladas para el recibo y entrega de los archivos, se ha considerado que con el objeto de recibir un producto que se ajuste a unas condiciones óptimas de archivo que permita en el futuro un manejo adecuado de los documentos, con criterios unificados de presentación y contenido, se hace necesario que sea la Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación, la entidad que de forma unificada culmine la labor de organización de los documentos, sin la intervención de las otras dependencias, para que una vez terminada la depuración y organización, puedan las entidades a las que les sea asignada tal función, recibirlos y cumplir eficientemente con las labores de custodia de los archivos y certificación de la información allí contenida. En virtud de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
- **[Ver el Decreto Distrital 312 de 2002. ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5283#1)Asignar a la Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación, la función de custodia y manejo de su archivo administrativo y de las hojas de vida de sus exfuncionarios, debiendo expedir las certificaciones a las que haya lugar sobre la información que en dichos archivos reposan.
Parágrafo. -** Como consecuencia de lo anterior, la Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación, deberá recibir de la Secretaría de Hacienda y del Departamento Administrativo del Servicio Civil del Distrito, los archivos mencionados. [Ver Decreto Distrital 546 de 2000 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3970#1)
Artículo segundo.
-**[ Ver el Decreto Distrital 312 de 2002. ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5283#1)La Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación, en relación con sus archivos administrativos y de hojas de vida de sus exfuncionarios, adelantará un proceso de depuración y organización de los mismos, de conformidad con las normas establecidas para el Archivo General de la Nación.
Artículo tercero.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos Distritales 1205 de 1997 a excepción del artículo 2o., 029 de 1999; el Parágrafo del artículo 11 del Decreto Distrital 494 de 1999, y 546 de 2000, y las demás normas que le sean contrarias.
Parágrafo. - Continúan vigentes las normas que le asignan a la Secretaría de Salud del Distrito funciones en relación con la custodia y manejo del archivo de las historias clínicas de los exafiliados y beneficiarios de la Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación y la expedición de las certificaciones que en relación con dicho archivo deban expedirse, al igual que la atención de las demás gestiones relacionadas con el archivo recibido. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de septiembre de dos mil (2000). Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO.** NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2230 de 15 de septiembre de 2000.
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