Decreto 565 de 2000
Decreto 565 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 565
- Año
- 2000
- Fecha
- 12 de julio de 2000
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Decreto 565 de 2000 (Julio 12) ** Por el cual se declara Huésped de Honor y se entregan las Llaves de la Ciudad al Doctor Nicolás Leoz, Presidente de la Confederación Suramericana de Fútbol. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C., En ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Doctor Nicolás Leoz se ha distinguido por su preocupación permanente por fortalecer las relaciones deportivas entre Paraguay y Colombia.
Que el DoctorLeoz en su calidad de miembro del Comité ejecutivo de la Federación Internacional de Fútbol Asociado - FIFA, del Comité Organizador de la Copa Mundo del 2002 en Japón y Corea y Presidente de la Confederación Suramericana de Fútbol, ha apoyado al fútbol colombiano.
Que el Doctor Nicolás Leoz, durante su actual visita al país, ha ratificado que Colombia y, especialmente Bogotá cuentan con la infraestructura y las condiciones necesarias para recibir a las selecciones que nos visiten con motivo de la Copa América, circunstancia que contribuyó a la designación de nuestro país como sede de la misma.
Que el Doctor Leoz lideró el apoyo unánime que la Confederación Suramericana de Fútbol - CONMEBOL dio a Colombia para escogerla como país organizador de la Copa América del 2001, varios de cuyos partidos se disputarán en el estadio Nemesio Camacho - El Campín, constituyendo dicha designación un orgullo para el país y la ciudad.
Que es deber del Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá honrar a tan Ilustre Visitante
DECRETA:
Artículo primero.
-** Declarar Huésped de Honor de Santa Fe de Bogotá, D.C., al Doctor Nicolás Leoz, Presidente de la Confederación Suramericana de Fútbol.
Artículo segundo.
-** Entregar en ceremonia especial, en nombre de la ciudadanía las Llaves de la Ciudad y copia del presente Decreto en nota de estilo, a tan ilustre Huésped.
Artículo tercero.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de julio del año dos mil (2000). Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2186 de julio 12 de 2000
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