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Decreto 533 de 2000

Decreto 533 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
533
Año
2000
Fecha
30 de junio de 2000
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**Decreto 533 de 2000 (Junio 30) «Por el cual se suspenden unas apropiaciones en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones» EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Santa Fe de Bogotá en cumplimiento del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, aprobó el Acuerdo 41 de 1999, «Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2000 y se dictan otras disposiciones», el cual se liquidó a través del Decreto 936 de 1999.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, el Gobierno Distrital podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales.

Que mediante el oficio UAEDT-DPST-564 del 11 de junio de 1999, el Departamento Nacional de Planeación comunicó el valor preliminar del Situado Fiscal asignado a Santa Fe de Bogotá para el año 2000 por la suma de $395.216.549.211.

Que mediante el oficio UDT-09 del 21 de enero del 2000, el Departamento Nacional de Planeación comunicó el valor definitivo del Situado Fiscal asignado a Santa Fe de Bogotá para la misma vigencia por la suma de $371.541.996.329.

Que de acuerdo con el valor definitivo del Situado Fiscal comunicado por el Departamento Nacional de Planeación es necesario realizar la suspensión de algunas apropiaciones presupuestales en la Secretaría de Educación y en el Fondo Financiero Distrital de Salud.

Que del monto a suspender en el Fondo Financiero Distrital de Salud por concepto de Situado Fiscal se reflejará únicamente $1.955.892.089 y el valor restante se sustituirá por Otras Transferencias Nación en $8.083.857.383.

Que para sustituir parcialmente la reducción de las fuentes de financiación del Presupuesto del Fondo Financiero Distrital de Salud, aprobado para la vigencia fiscal de 2000, existen recursos adicionales que deben incorporarse al Presupuesto de dicha vigencia, provenientes de organismos Nacionales según certificación expedida por el Fondo.

Que mediante el Decreto Nacional No. 934 del 25 de mayo de 2000 se realizó un aplazamiento por valor de $3.137.528.786 en el proyecto « Conservación y Descontaminación del Río Bogotá».

Que dicha suspensión afecta el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Administración Central - Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA en el proyecto 2017 «Construcción y Operación de las Plantas de Tratamiento de El Salitre, Fucha y Tunjuelito». En virtud de lo anterior, [Modificado por el Decreto Distrital 779 de 2000](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4045#1) [Modificado por el Decreto Distrital 1085 de 2000](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4039#1)

DECRETA:

Artículo 1o.- Suspender las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2000, así: | | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | SUSPENSIÓN ---|---|--- 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | 10.039.749.472 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 3 | GASTOS | 10.039.749.472 3 3 | INVERSIÓN | 10.039.749.472 3 3 2 | TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN | 10.039.749.472 3 3 2 01 | ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS | 10.039.749.472 3 3 2 01 04 | Fondo Financiero Distrital de Salud | 10.039.749.472 112 | SECRETARÍA DE EDUCACIÓN | 13.634.803.411 3 | GASTOS | 13.634.803.411 3 3 | INVERSIÓN | 13.634.803.411 3 3 1 | DIRECTA | 13.634.803.411 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 13.634.803.411 3 3 1 10 02 | INTERACCIÓN SOCIAL | 13.634.803.411 3 3 1 10 02 07 | Mejoramiento de la Calidad de la Educación | 13.634.803.411 3 3 1 10 02 07 4232 | Servicios Docentes - Nómina de Docentes Distritales | 13.634.803.411 | | 126 | DEPARTAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO | | AMBIENTE | 3.137.528.786 3 | GASTOS | 3 3 | INVERSIÓN | 3.137.528.786 3 3 1 | DIRECTA | 3.137.528.786 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 3.137.528.786 3 3 1 10 03 | CIUDAD A ESCALA HUMANA | 3.137.528.786 3 3 1 10 03 13 | Control y Mitigación del Impacto Ambiental | 3.137.528.786 3 3 1 10 03 13 2017 | Construcción y Operación de las Plantas de Tratamiento de El | | Salitre, Fucha y Tunjuelito. | 3.137.528.786 TOTAL SUSPENSIÓN PRESUPUESTAL | 26.812.081.669

Parágrafo primero. - ** El monto a suspender en las Transferencias para el Fondo Financiero Distrital de Salud se reflejará únicamente en $1.955.892.089 así:

| ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS | SUSPENSIÓN ---|---|--- 138 | FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD | 1.955.892.089 3 | GASTOS | 1.955.892.089 3 3 | INVERSIÓN | 1.955.892.089 3 3 1 | DIRECTA | 318.129.000 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 318.129.000 3 3 1 10 02 | INTERACCIÓN SOCIAL | 318.129.000 3 3 1 10 02 08 | Mejoramiento de la Calidad y Cobertura en la Prestación de los | | Servicios de Salud | 318.129.000 3 3 1 10 02 08 4273 | Fortalecimiento de la Salud Pública | 318.129.000 3 3 2 | TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN | 1.637.763.089 3 3 2 02 | OTRAS ENTIDADES | 1.637.763.089 3 3 2 02 07 | Situado Fiscal - Aportes Patronales | 1.637.763.089
Parágrafo segundo. - ** El valor restante de las Transferencias para el Fondo Financiero Distrital de Salud por valor de $8.083.857.383 se sustituirá de la siguiente manera: | ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS |
---|---|--- 138 | FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD | DISMINUYE 2 | INGRESOS | 8.083.857.383 2 2 | TRANSFERENCIAS | 8.083.857.383 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 8.083.857.383 2 2 4 04 | Situado Fiscal | 8.083.857.383 2 2 4 04 01 | Salud | 8.083.857.383 | | 138 | FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD | AUMENTA 2 | INGRESOS | 8.083.857.383 2 2 | TRANSFERENCIAS | 8.083.857.383 2 2 1 | NACIÓN | 8.083.857.383 2 2 1 05 | Otras Transferencias Nación | 8.083.857.383 **

Artículo 2o.

-

Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.

Artículo 3o.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil (2000).

Alcalde Mayor (E.),LUZ ZORAIDA ROZO BARRAGÁN; Secretario de Hacienda,

CARLOS ALBERTO SANDOVAL REYES Nota: Publicado en el Registro Distrital numero 2179 de junio 30 de 2000.

**

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