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Decreto 453 de 2000

Decreto 453 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
453
Año
2000
Fecha
9 de junio de 2000
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 453 DE 2000 (9 de junio) «Por el cual se crea el Fondo Cuenta Red Distrital de Bibliotecas». EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993, el Acuerdo 41 y el Decreto 936 de 1999, y **

CONSIDERANDO:

Que el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Santa Fe de Bogotá D.C., 1998-2001, «Por la Bogotá que Queremos», Acuerdo No. 6 de junio 8 de 1998, contempla como uno de sus megaproyectos el «Sistema Distrital de Bibliotecas» (Art., 36 Acuerdo No. 6 de 1998).

Que la Red Distrital de Bibliotecas comprende una red sistematizada de información, de procesos comunes de selección y catalogación de material y servicios entre las bibliotecas del Distrito, para apoyar la educación, la creatividad y la recreación a través de los libros, los medios de comunicación y el sistema multimedia, unidos a actividades de proyección artística, cultural y científica.

Que es necesario garantizar el sostenimiento y operación de la Red Distrital de Bibliotecas.

Que el Acuerdo 41 de 1999, artículo 41 autorizó al Gobierno Distrital para crear en un término de seis (6) meses, un Fondo Cuenta cuyo objetivo sea el manejo de recursos con destino a la Red Distrital de Bibliotecas.

Que en virtud de lo anterior, [Ver el Decreto Distrital No. 829 de 1998 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1653#1), [Ver el Decreto Distrital No. 178 de 2000 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4101#1)

DECRETA:

CAPÍTULO I DE LA CREACIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1o.- _Creación_. Créase en el presupuesto de la Secretaría de Educación del Distrito, el Fondo Cuenta sin personería jurídica denominado FONDO RED DISTRITAL DE BIBLIOTECAS, para el manejo y contabilización de los recursos financieros destinados a la administración, funcionamiento y operación de la Red Distrital de Bibliotecas. Artículo 2o.-**_Naturaleza Jurídica._ El Fondo Cuenta -Fondo Red Distrital de Bibliotecas- se constituye como un sistema de cuentas presupuestales, financieras y contables de los recursos destinados a la administración, funcionamiento y operación de la Red Distrital de Bibliotecas.

Parágrafo. - El ordenador del gasto de la cuenta presupuestal será el Secretario de Educación del Distrito Capital. CAPÍTULO II DE LOS RECURSOS FINANCIEROS Artículo 3o.-** Serán recursos del Fondo los siguientes:

1. Los recursos que asigne anualmente de su presupuesto la Secretaría de Educación del Distrito.
2. Los rendimientos y diferencial cambiario obtenidos del manejo financiero que se dé a los recursos consignados en el Fondo Cuenta, los cuales deberán programarse en el presupuesto.
3. Los recursos provenientes de los aportes del Gobierno Nacional y otros del Distrito Capital, para la ampliación y operación de la Red Distrital de Bibliotecas.
4. Los Ingresos Provenientes por la venta de servicios de las bibliotecas que conforman la Red, en el evento en que la Secretaría de Educación administre la Red.
5. Los Ingresos provenientes de los aportes y/o donaciones privados.
6. Otros recursos que se destinen para el cumplimiento de su naturaleza.

Artículo 4o.

- El presente Decreto rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. **Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de junio del año dos mil (2000).

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C.ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, la Secretaria de Educación, CECILIA MARÍA VÉLEZ WHITE y el Secretario de Hacienda (E.), MARTÍN ROBERTO MOSCOSO. Nota: Publicado en le Registro Distrital No. 2167 de Junio trece (13) de dos mil (2000).

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