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Decreto 2793 de 2001

Decreto 2793 de 2001 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
2793
Año
2001
Fecha
20 de diciembre de 2001
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 2793 DE 2001 (Diciembre 20) "Por el cual se ajusta la tabla de retención en la fuente aplicable a los pagos gravables originados en la relación laboral o legal y reglamentaria, y se dictan otras disposiciones". EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las establecidas en los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 383, 384, 868 y 869 del estatuto tributario y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 868 del estatuto tributario, los valores absolutos expresados en moneda nacional, en las normas relativas al impuesto sobre la renta y complementarios, se reajustarán anual y acumulativamente en el ciento por ciento (100%) del incremento porcentual del índice de precios al consumidor para empleados que corresponde elaborar al Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, en el período comprendido entre el primero (1º) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.[Ver art. 383, Decreto Nacional 624 de 1989](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533#1), [Ver el Decreto Nacional 3803 de 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11184#0)

DECRETA:

ARTÍCULO 1º-A partir del 1º de enero del año 2002, la retención en la fuente aplicable a los pagos gravables originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, contenida en el artículo 383 del estatuto tributario, será la que resulte de aplicar a dichos pagos la siguiente tabla de retención en la fuente: Tabla de retención en la fuente año gravable 2002 | Intervalos | % de retención ---|---

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