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Decreto 885 de 2001

Decreto 885 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
885
Año
2001
Fecha
22 de noviembre de 2001
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 885 DE 2001 (Noviembre 22) «Por el cual se crea una Unidad Coordinadora de proyectos financiados con recursos provenientes de Organismos Multilaterales». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C., en uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993,

DECRETA:

Artículo primero.

- **Créase una Unidad Coordinadora de proyectos financiados con recursos provenientes de Organismos Multilaterales.

Artículo segundo.

-** La Unidad Coordinadora tendrá como objetivo coordinar, supervisar y garantizar la debida ejecución de

los proyectos y la utilización de los recursos de financiarniento provenientes de Organismos Multilaterales.

Artículo tercero.

-** La Unidad Coordinadora que se crea mediante este Decreto estará a cargo de un Coordinador General y operará respecto de aquellos contratos celebrados en los cuales se pacte su participación, de acuerdo con los requerimientos de los Organismos Multilaterales para el efecto.

Artículo cuarto.

-** La Unidad Coordinadora, cuyo responsable será el

Coordinador General, dependerá directamente del Despacho del Secretario de Hacienda de Bogotá, D.C., y tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades: 1. Cumplir a cabalidad los compromisos contractuales adquiridos en virtud del otorgamiento de recursos de financiamiento provenientes de Organismos Multilaterales. 2. Dar su aval a los proyectos presentados por las entidades ejecutoras. 3. Consolidar y monitorear el avance operativo de los proyectos, detallando entre otros las actividades, costos y tareas. 4. Ejercer los controles necesarios para que los recursos de financiamiento provenientes de Organismos Multilaterales y/o de contrapartida aplicados a los proyectos, sean utilizados de acuerdo con los fines para los cuales fueron asignados. 5. Presentar al Secretario de Hacienda de Bogotá, D.C., los estados ccntables de los proyectos, soportados en la información reportada por las entidades ejecutoras. 6. Ejercer el debido control a las entidades ejecutoras sobre el cumplimiento de los compromisos adquiridos en los contratos respectivos. 7. Coordinar el trámite para la solicitud de los desembolsos de los recursos de financiamiento provenientes de Organismos Multilaterales así como su legalización, verificando previamente que se encuentren debidamente autorizados, sustentados, soportados y contabilizados. 8. Preparar y presentar oportunamente los informes de avance, evaluación, y demás requeridos por el Secretario de Hacienda de Bogotá, D.C., y/o las entidades otorgantes de recursos de financiamiento provenientes de Organismos Multilaterales. 9. Las demás que se deriven de la naturaleza técnica, administrativa, contable y financiera para su buen desempeño o que le sean asignadas por norma legal o autoridad competente.

Artículo quinto.

-** La creación de la Unidad Coordinadora no modifica la estructura orgánica de la Secretaría de Hacienda de Bogotá, D.C.

Artículo sexto.

- El presente Decreto rige a partir de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de noviembre de dos mil uno (2001). ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor ISRAEL FAINBOIM YAKER Secretario de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital N° 2519 de 2001.

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