Decreto 624 de 2001
Decreto 624 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 624
- Año
- 2001
- Fecha
- 2 de agosto de 2001
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Decreto 624 de 2001 (2 agosto) Por el cual se suspende la aplicación del Decreto 1099 de 2000. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Constitución Política, los artículos 1,3 y 6 del código Nacional de tránsito y Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo previsto en el previsto en el artículo 2 de la Constitución Política, las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.
Que corresponde al Alcalde Mayor adoptar las medidas y utilizar los medios de policía necesarios para garantizar la seguridad ciudadana, el orden público y la protección de los derechos.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 3, numeral tercero del Decreto 1244 de 1970, son autoridades de tránsito entre otros, los Alcaldes Municipales y las Secretarías de Tránsito de carácter distrital.
Que de acuerdo al artículo 1 inciso segundo del Código Nacional de Tránsito, "el tránsito terrestre de personas, animales y vehículos por las vías de uso público es libre, pero está sujeto ala reglamentación de las autoridades para la garantía de la seguridad de los habitantes".
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Código Nacional de Tránsito, los organismos de tránsito dentro de su respectiva jurisdicción, expedirán las normas y tomarán las medidas necesarias para el mejor ordenamiento de tránsito de personas, animales y vehículos.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Suspender por el día 3 de agosto de 2001, la aplicación del Decreto 1099 de 2000 "Por el cual se toman medidas para el ordenamiento del tránsito de vehículos en las vías públicas de Bogotá, D.C". ARITICULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de agosto de 2001. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. Secretaria de Tránsito y Transporte, **CLAUDIA VASQUEZ MERCHAN.
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