Decreto 499 de 2001
Decreto 499 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 499
- Año
- 2001
- Fecha
- 12 de junio de 2001
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 499 DE 2001 (12 de junio) ** Por cual el se cede el dos por ciento (2%) de las acciones que el Distrito Capital de Bogotá posee en la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP a favor de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el parágrafo del artículo 1°. del Acuerdo 07 de 1998 expedido por el Concejo de Bogotá, y
CONSIDERANDO:
[Ver el Decreto Distrital 690 de 2000](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3971#1) **Que el 6 de julio de 1998, el Concejo del Distrito Capital expidió el Acuerdo No. 07, autorizando al Alcalde Mayor a vender una parte de las acciones en circulación de ETB que son propiedad del Distrito Capital.
Que el 23 de noviembre de 1999 el Alcalde Mayor expidió el Decreto No. 787 de 1999, aprobando el Programa de Enajenación de las Acciones Ordinarias que tenía el Distrito Capital en la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A., ESP., (en adelante «ETB»).
Que el Decreto No. 787 de 1999 fue modificado y adicionado por los Decretos No. 928 del 29 de diciembre de 1999 y No. 690 del 18 de agosto de 2000.
Que el Programa de Enajenación establecía que la enajenación de las Acciones se desarrollaría en tres fases así: (i) la primera fase destinada a ofrecer públicamente en venta las Acciones al Sector Solidario; (ii) la segunda fase en desarrollo de la cual, y con el objeto de garantizar la continuidad en la prestación del servicio a cargo de ETB, se invitaron personas que reunieran las condiciones que se establecían en las Reglas de Precalificación a participar en el proceso de enajenación para presentar ofertas, y, (iii) la tercera fase en desarrollo de la cual, y en el evento en que una vez surtidas la primera y segunda fases antes mencionadas quedare por adjudicar un remanente de Acciones, se podía enajenar dicho remanente.
Que en desarrollo de lo señalado en el considerando anterior, el 29 de noviembre de 1999, el Distrito Capital inició la primera fase del Programa de Enajenación, mediante oferta pública de venta al Sector Solidario.
Que complementariamente, el 11 de febrero de 2000 el Distrito Capital inició la segunda fase del Programa de Enajenación, para lo cual el Alcalde Mayor invitó públicamente a potenciales inversionistas estratégicos a obtener su calificación para participar en la segunda fase del Programa de Enajenación mediante la presentación de una Solicitud de Precalificación. Como consecuencia de lo anterior, el 22 de febrero de 2000, la ETB, en su calidad de mandatario del Distrito Capital para el Proceso, recibió las solicitudes de precalificación presentadas por Telefónica Internacional S.A. y por STET Internacional Netherlands N.V.
Que ante la falta de interés manifestada por los Inversionistas Estratégicos anteriormente mencionados, expresada con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de ofertas, esto es, el 26 de septiembre de 2000, el Alcalde Mayor del Distrito Capital expidió el Decreto No. 792 del 21 de septiembre de 2000, por medio del cual se declaró agotada la 2a Fase del Programa de Enajenación -correspondiente al ofrecimiento de acciones a potenciales inversionistas estratégicos-, al tiempo que se dispuso no desarrollar la 3a Fase del Programa de Enajenación -correspondiente al ofrecimiento de acciones al público y a usuarios del servicio-.
Que el parágrafo del artículo 1°. del Acuerdo No. 07 de 1998 del Concejo Distrital señala que _«De la parte de las acciones que el Distrito Capital conserve en la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá ETB S.A. ESP, el dos por ciento (2%) del total de las mismas serán participación accionara de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas.»._ Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1o.- _Cesión del dos por ciento (2%) de las acciones que posee el Distrito Capital de Bogotá en la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP._ En cumplimiento de lo ordenado por el Concejo de Bogotá en el parágrafo del artículo 1°. del Acuerdo No. 07 de 1998, el Distrito Capital cede a favor de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, el dos por ciento (2%) del total de las acciones que posee en la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP. Artículo 2o.-_Cancelación de título y expedición de nuevos títulos._ En cumplimiento de lo señalado en el artículo anterior, requiérase al representante legal de la ETB para que, una vez reciba el título contentivo de las acciones propiedad del Distrito Capital, proceda a: (1) cancelar dicho título, para lo cual deberá emitir un título a favor de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas por la cantidad que corresponda al dos por ciento (2%) de la totalidad de las acciones que posee el Distrito Capital en ETB; y, (2) consecuentemente, emitir un título a favor del Distrito Capital por el saldo total de las acciones del Distrito Capital que no son objeto de cesión. Artículo 3o.-_Inscripción de la cesión en el Libro de Accionistas._ Con el fin de que la disposición de que trata el artículo primero de este Decreto produzca efectos respecto de la ETB y de terceros, requiérase al Representante Legal de la ETB con el propósito de que efectúe la inscripción de la cesión del dos por ciento (2%) de las acciones del Distrito Capital en la ETB, a favor de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas en el Libro de Registro de Accionistas de la Empresa. [Ver Resolución Alcaldía Mayor 352 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5834#1) Artículo 4o.-_Vigencia._ El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. **Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil uno (2001).
El Alcalde Mayor de Bogotá D.C.ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. Nota: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 2410 del doce (12) de junio de dos mil uno (2001). _ _
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