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Decreto 202 de 2001

Decreto 202 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
202
Año
2001
Fecha
8 de marzo de 2001
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 202 DE 2001 (Marzo 8 ) «Por el cual se modifica el Decreto 1149 de 2000». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que se expidió el Decreto 1149 de 2000, «Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2001».

Que es necesario levantar parcialmente la suspensión de una apropiación presupuestal en el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- por $1.000.000.000 para permitir la ejecución de algunos Proyectos de Inversión y a su vez aplicarla a una apropiación del Presupuesto de Inversión de la Secretaría de Hacienda en igual cuantía.

Que las modificaciones a realizar en el presente Decreto no afectarán el monto total de la suspensión ordenada por el Decreto 1149 de 2000. En virtud de la anterior,

DECRETA:

Artículo 1o.

- Levantar la suspensión en la siguiente apropiación del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2001, así: ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS | 204 | INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU | 1.000.000.000¡ ---|---|--- 3 | GASTOS | 1.000.000.000 3 3 | INVERSIÓN | 1.000.000.000 3 3 1 | DIRECTA | 1.000.000.000 3 3 1 10 | POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS | 1.000.000.000 3 3 1 10 05 | URBANISMO Y SERVICIOS | 1.000.000.000 3 3 1 10 05 19 | Renovación Urbana | 1.000.000.000 3 3 1 10 05 19 7193 | Gestión de Actuaciones Urbanísticas | 1.000.000.000 TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA | 1.000.000.000

Artículo 2o.

-

El monto correspondiente a la suspensión levantada de que trata el artículo 1°. del presente Decreto, se compensará con la suspensión de la siguiente partida del Presupuesto Anual de Gastos o Inversiones del Distrito Capital correspondiente a la vigencia fiscal del año 2001, así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | 1.000.000.000 ---|---|--- 02 | DIRECClÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 3 | GASTOS | 1.000.000.000 3 3 | INVERSIÓN | 1.000.000.000 3 3 2 | TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN | 1.000.000.000 3 3 2 02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | 1.000.000.000 TOTAL SUSPENSIÓN PRESUPUESTAL | 1.000.000.000

Artículo 3o.

-

Remítase copia del presente Decreto a la Secretaría de Hacienda y demás oficinas competentes.

Artículo 4o.

-

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ** Dado en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes de marzo del año dos mil uno (2001)

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS, Alcalde Mayor. ISRAEL FAINBOIM YAKER, Secretario de Hacienda.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital Nº 2347 de 8 de marzo de 2001.

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