Acuerdo 020 de 2001
Acuerdo 20 de 2001 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital San Blas II Nivel Empresa Social del Estado ESE
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 020
- Año
- 2001
- Fecha
- 27 de diciembre de 2001
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**ACUERDO 020 DE 2001 (Diciembre 27) "Por el cual se modifica la Planta Global de Cargos de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención y se dictan otras disposiciones" LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SAN BLAS II NIVEL DE ATENCION En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en el Numeral 6, Artículo 12 del Acuerdo 17 del 10 de diciembre de 1997, expedido por el Concejo de Bogotá D.C. y,
CONSIDERANDO:
Que el Hospital San Blas II Nivel, Empresa Social del Estado, realizó el Estudio organizacional de la entidad, el cual denominó, "Proyecto de reordenamiento estructural del Hospital San Blas II NIVEL E.S.E."; que este Estudio Técnico se realizó bajo los lineamientos de al Secretaría Distrital de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
Que el Estudio Técnico mencionado fue realizado por la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención, de acuerdo a lo señalado en el artículo 41 de la Ley 443 de 1998, reglamentado por los Decretos 1572 y 2504 de 1998.
Que como resultado del Estudio Técnico, mediante Acuerdo No. 019 del 27 de diciembre de 2001, la Junta Directiva, modificó la Estructura Organizacional.
Que desde este punto de vista social, las políticas del Distrito Capital y por ende de la Secretaría Distrital de Salud buscan el mejoramiento de la eficiencia Institucional, mediante la adecuación de las Empresas redimensionando la oferta de servicios de las instituciones, articuladas al trabajo en redes, buscando mayor cobertura, calidad y oportunidad de los servicios a cargo de la Empresa Social del Estado.
Que mediante oficio No. 09309 de fecha 26 de Diciembre de 2001 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable No. 5225-01, a la modificación de planta de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención.
Que la Dirección de Desarrollo de Servicios de la Secretaría de Salud Distrital mediante oficio No. R101753 de fecha 18 de diciembre de 2001, conceptuó que el documento técnico de reordenamiento institucional presentado por la Gerencia cumple con los requisitos establecidos y con la metodología conjuntamente definida, además que el proceso desarrollado esta conforme a las necesidades de la red de Servicios de Salud Distrital y con los estudios de la capacidad instalada de la oferta.
Que el Jefe de Departamento Financiero y el Jefe de Presupuesto (E) De la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención expidieron los certificados de Disponibilidades Presupuestales Nos. 2134 y 2135 de 2001 por valor de $1.000.000 cada uno respectivamente; la Disponibilidad Presupuestal No. 001 de 2002 por Valor de $2.400.000.000 con cargo a la Vigencia Futura de 2002 autorizada por el CONFIS Distrital en su sesión No. 19 de diciembre 11 de 2001 para atender a las acreencias que se deriven de la modificación de la planta de personal. Adicionalmente el Jefe de Presupuesto (e) Certifica que la viabilidad Financiera y Presupuestal por valor de $1.900.000.0000.00, para el pago de las cesantías definitivas a las que haya lugar.
Que el Gerente, el Abogado y la Jefe del Departamento de Personal del Hospital San Blas II Nivel E.S.E., expidieron Certificación No. 001 de 2001 en la que consta la viabilidad jurídica, legal y técnica sobre la pertinencia y necesidad de llevar a cabo el proceso de Reordenamiento Estructural de la Empresa.
Que la Gerencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20, literal h) del Acuerdo 17 de 1997 y demás normas concordantes presenta para su aprobación a la Junta Directiva el Acuerdo de Modificación de al Planta de Personal de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención.
Que conforme a las consideraciones y certificaciones antes señaladas presentadas por la Gerencia es pertinente el acuerdo.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo primero.
- Suprimir, a partir de la vigencia del presente Acuerdo, los siguientes cargos de la Planta de Cargos de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención. | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE CARGOS ---|---|---|--- NIVEL ASESOR Jefe de Oficina | 115 | 04 | 3 (tres) SUBTOTAL | 3 (tres) NIVEL EJECUTIVO Jefe de Departamento | 280 | 04 | 10 (Diez) Jefe de Departamento | 280 | 02 | 6 (seis) SUBTOTAL | 16 (dieciseis) NIVEL PROFESIONAL Médico Especialista | 301 | 09 | 2 (dos) Médico Veterinario | 330 | 14 | 2 (dos) Profesional Universitario Área de la Salud | 337 | 8 | 1 (uno) Profesional Universitario Área de la Salud | 337 | 10 | 1 (uno) Profesional Universitario Área de la Salud | 337 | 13 | 1 (uno) Profesional Universitario | 340 | 13 | 1 (uno) Enfermero Especialista | 355 | 05 | 1 (uno) Odontólogo | 325 | 25 | 3 (tres) Odontólogo | 325 | 08 | 3 (tres) SUBTOTAL | 15 (quince) NIVEL TÉCNICO Técnico en saneamiento | 448 | 05 | 2 (dos) SUBTOTAL | 2 (dos) NIVEL AUXILIAR Auxiliar Higiene Oral | 523 | 15 | 1 (uno) Auxiliar de Consultorio Odontológico | 518 | 12 | 3 (tres) SUBTOTAL | 4 (cuatro) NIVEL ADMINISTRATIVO Auxiliar | 565 | 09 | 5 (cinco) Secretario | 540 | 10 | 5 (cinco) Secretario | 540 | 13 | 2 (dos) Secretario | 540 | 16 | 1 (uno) Secretario Ejecutivo | 525 | 19 | 2 (dos) Supervisor | 545 | 21 | 5 (cinco) SUBTOTAL | 20 (veinte) Total Cargos Empleados Públicos | 60 (sesenta) TRABAJADOR OFICIAL Conductor | 5155 | IV C | 2 (dos) Auxiliar de Mantenimiento | 5110 | IV A | 1 (uno) Operario Servicios Generales | 5150 | III A | 47 (cuarenta y siete) Total Cargos Trabajadores Oficiales | 50 (cincuenta) TOTAL CARGOS SERVIDORES PÚBLICOS SUPRIMIDOS | 110 (CIENTO DIEZ)
Artículo segundo.
Crear los siguientes empleos en la planta de cargos de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención. DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE CARGOS ---|---|---|--- NIVEL ASESOR Asesor | 105 | 02 | 4 (cuatro) SUBTOTAL | 4 (cuatro) NIVEL PROFESIONAL Profesional Especializado | 335 | 08 | 2 (dos) Profesional Universitario | 340 | 13 | 2 (dos) SUBTOTAL | 4 (cuatro) TOTAL CARGOS CREADOS | 8 (ocho)
Artículo tercero.
-
Aprobar la siguiente Planta Global de cargos de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención.
DESPACHO DEL GERENTE DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE CARGOS ---|---|---|--- Gerente Empresa Social del Estado | 085 | 02 | Uno (1) Asesor | 105 | 02 | 4 (cuatro) Secretario | 540 | 16 | Uno (1) Auxiliar Administrativo | 550 | 16 | Uno (1) SUBTOTAL | 7 (siete) PLANTA GLOBAL DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE CARGOS ---|---|---|--- EMPLEADOS PÚBLICOS NIVEL DIRECTIVO Subgerente | 090 | 05 | 2 (dos) SUBTOTAL | 2 (dos) NIVEL PROFESIONAL Profesional Especializado | 335 | 08 | 2 (dos) Profesional Universitario | 340 | 13 | 4 (cuatro) Médico Especialista | 301 | 09 | 39 (treinta y nueve) Médico Especialista | 301 | 02 | 12 (doce) Enfermero Especialista | 355 | 05 | 2 (dos) Enfermero | 365 | 19 | 20 (veinte) Médico General | 310 | 26 | 5 (cinco) Médico General | 310 | 08 | 6 (seis) Nutricionista Dietista | 358 | 12 | 1 (uno) Bacteriólogo | 352 | 14 | 9 (nueve) Psicólogo | 357 | 17 | 2 (dos) Terapista | 341 | 12 | 4 (cuatro) Trabajador Social | 343 | 12 | 3 (tres) SUBTOTAL | 109 (ciento nueve) NIVEL TÉCNICO Técnico | 401 | 14 | 1 (uno) Técnico | 401 | 13 | 1 (uno) Técnico | 401 | 12 | 1 (uno) Técnico | 401 | 09 | 1 (uno) Técnico | 401 | 08 | 1 (uno) Técnico | 401 | 04 | 1 (uno) Técnico | 401 | 02 | 1 (uno) Instrumentador Quirúrgico | 420 | 06 | 8 (ocho) Técnico en Imágenes Diagnósticas | 412 | 02 | 5 (cinco) Técnico en Laboratorio Clínico | 438 | 03 | 2 (dos) Almacenista Auxiliar | 403 | 03 | 1 (uno) SUBTOTAL | 23 (veintitres) NIVEL AUXILIAR Auxiliar de Enfermería | 555 | 17 | 148 (ciento cuarenta y ocho) Auxiliar en información en Salud | 509 | 18 | 1 (uno) Auxiliar en información en Salud | 509 | 05 | 3 (tres) Auxiliar en de Droguería | 516 | 06 | 4 (cuatro) Auxiliar de Laboratorio Clínico | 527 | 11 | 4 (cuatro) Auxiliar en Salud Familiar y Comunitaria | 533 | 11 | 1 (uno) Promotor de Salud | 541 | 03 | 1 (uno) SUBTOTAL | 162 (ciento sesenta y dos) NIVEL ADMINISTRATIVO Auxiliar Administrativo | 550 | 16 | 3 (tres) Auxiliar Administrativo | 550 | 14 | 6 (seis) Auxiliar Administrativo | 550 | 13 | 5 (cinco) Auxiliar Administrativo | 550 | 08 | 2 (dos) Auxiliar | 565 | 11 | 5 (cinco) Auxiliar | 565 | 09 | 4 (cuatro) Auxiliar | 565 | 02 | 1 (uno) Secretario | 540 | 16 | 2 (dos) Secretario | 540 | 13 | 2 (dos) Secretario | 540 | 10 | 10 (diez) SUBTOTAL | 40 (cuarenta) TOTAL PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS PÚBLICOS | 343 (TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES) TRABAJADORES OFICIALES Auxiliar de Mantenimiento | 5110 | IV A | 6 (seis) Operario de Servicios Generales | 5150 | IV A | 7 (siete) Conductores | 5155 | IV C | 9 (nueve) TOTAL CARGOS TRABAJADORES OFICIALES | 22 (VEINTIDOS) TOTAL PLANTA DE EMPLEOS SERVIDORES PÚBLICOS | 365 (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO)
Artículo cuarto.
Los empleados de carrera titulares de los cargos suprimidos en virtud de lo dispuesto en el presente Acuerdo, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación en empleo equivalente, de conformidad en lo consagrado en el articulo 39 de la Ley 443 de 1998 y el artículo 137 del decreto reglamentario 1572 de 1998, con sujeción al procedimiento establecido en el Titulo III del Decreto Ley 1568 de 1998 y normas que modifiquen o adicionen.
ARTíCULO QUINTO
.- A los Trabajadores Oficiales a quienes se les suprima el cargo, se les reconocerá y pagará la Indemnización según las normas vigentes para tal fin.
Artículo sexto.
.- Cuando los servidores públicos que ocupan los cargos suprimidos en virtud de lo dispuesto en el presente Acuerdo, se encuentren bajo situaciones jurídicas que hagan, impidan su retiro efectivo del servicio, éste se producirá cuando cesen los efectos de la situación jurídica que lo ampara.
Parágrafo 1.
.- Para el efecto del cumplimiento del presente artículo e! Gerente de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel de Atención, expedirá el correspondiente acto administrativo una vez cesen las situaciones jurídicas que permitan el retiro.
Parágrafo 2.
.- Las funciones contenidas en el manual de funciones vigente al momento de expedición del presente acuerdo de aquellos servidores públicos que se encuentran en la situación descrita en el presente artículo, se mantendrán hasta que se haga efectivo el retiro.
Artículo séptimo.
-
El reconocimiento, pago de las indemnizaciones y acreencias a que haya lugar se hará con cargo a los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal así: Los Certificados de Disponibilidades Presupuestales Nos. 2134 y 2135 de 2001 por valor de $1.000.000 cada uno respectivamente; la Disponibilidad Presupuestal No. 001 de 2002 por Valor de $2.400.000.000 con cargo a la Vigencia Futura de 2002 autorizada por el CONFIS Distrital en su sesión No. 19 de Diciembre 11 de 2001, y el certificado de Viabilidad Financiera y Presupuestal por valor de $1.900.000.000.00, para el pago de las cesantías definitivas a las que haya lugar.
Artículo octavo.
-
Facultar al Gerente de la Empresa Social del Estado San Blas II Nivel, para reincorporar a los Servidores Públicos a la Planta Global a la que se refiere el artículo Tercero del presente Acuerdo.
Artículo noveno.
-
Las funciones y requisitos de los cargos de la planta de personal global establecida en el articulo tercero del presente Acuerdo se regirán por el Acuerdo No. 28 del 21 de diciembre de 1998 de Junta Directiva.
Parágrafo.
ÚNICO. \- Para aquellos cargos que no estén contemplados en el manual de funciones y requisitos vigente, serán provistos hasta tanto se modifique el manual de funciones vigente.
Artículo décimo.
.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C. a los 27 días de diciembre de 2001 LUCY HERNÁNDEZ DE LEÓN | HECTOR MANUEL LEMUS ---|--- PRESIDENTE | SECRETARIO**
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