Acuerdo 054 de 2001
Acuerdo 54 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 054
- Año
- 2001
- Fecha
- 8 de diciembre de 2001
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 054 DE 2001 (Diciembre 8) [Modificado por el Acuerdo Distrital 229 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20558#0) POR EL CUAL SE AMPLIAN LAS COMISARÍAS DE FAMILIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN DESARROLLO DEL CODIGO DEL MENOR Y LEGISLACIÓN DEL MENOR EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren los numerales 1o. y 25 del artículo 12 del Decreto - Ley 1421 de 1993, y los artículos 295 y 299 del Código del Menor
ACUERDA:
[Ver el Código del Menor - Decreto 2737 de 1989](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4829#1), [Ver la Ley 75 de 1968](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4828#1), [Ver el Concepto de la Sec. General 098 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36441#0)
Artículo 1.
-** Amplíense a veinticinco (25) el número total de Comisarías de Familia, que se implementarán en el transcurso del año 2002 en el Distrito Capital de Bogotá y las cuales continuarán cumpliendo sus funciones, de conformidad con lo reglamentado en el presente Acuerdo y los Acuerdos 23 de 1990 y 10 de 1995.
Artículo 2.
- **Las Comisarías de Familia funcionarán en los siguientes horarios: A En jornada permanente de lunes a domingo, durante las veinticuatro (24) horas, la Comisaría de: | USAQUEN | Localidad 1 ---|--- SAN CRISTOBAL | Localidad 4 BOSA | Localidad 7 ENGATIVA | Localidad 10
B. En jornada diurna de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a viernes en días hábiles, las Comisarías de:
CHAPINERO | Localidad 2 ---|--- SANTA FE | Localidad 3 USME | Localidad 5 TUNJUELITO | Localidad 6 BOSA | Localidad 7 KENEDY | Localidad 8 ENGATIVA | Localidad 10 SUBA | Localidad 11 BARRIOS UNIDOS | Localidad 12 MARTIRES | Localidad 14 ANTONIO NARIÑO | Localidad 15 PUENTE ARANDA | Localidad 16 CANDELARIA | Localidad 17 CIUDAD BOLÍVAR | Localidad 19 C. En jornada permanente de 7:00 a.m. a 11:00 p.m. de lunes a viernes, en días hábiles las comisarías de:
KENNEDY | Localidad 8 ---|--- FONTIBON | Localidad 9 SUBA | Localidad 11 TEUSAQUILLO | Localidad 13 RAFAEL URIBE | Localidad 18 CIUDAD BOLIVAR | Localidad 19 Estas seis (6) Comisarías de Familia laborarán en dos turnos y, en cada uno de ellos debe contar con su respectivo equipo interdisciplinario y personal administrativo.
D. En jornada especial de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. de miércoles a domingo, la Comisaría de:
SUMAPAZ | Localidad 20 ---|---
Parágrafo 1.
\- Se les prestará el servicio de transporte a quienes laboren en horario nocturno para garantizar su seguridad personal.
Parágrafo 2. -
En las localidades en las que funcionarán dos Comisarías de Familia, según horarios anteriormente establecidos, deberán estar ubicadas teniendo en cuenta el acceso vial y la demanda sociodemográfica.
Artículo 3.
-
Las Comisarías de Familia, estarán a cargo de un Comisario de Familia quien debe reunir los requisitos establecidos en el Artículo 298 del Decreto Ley 2737 de 1989 -Código del Menor -, y el equipo de trabajo, se integrará como mínimo por profesionales en: sicología, trabajo social y medicina, y por un (a) escribiente y un __(a) secretario (a) como personal administrativo.
Parágrafo.
En todo caso se respetarán los derechos adquiridos de los funcionarios que laboran actualmente en las Comisarías de Familia y su situación no puede ser desmejorada.
Artículo 4.
-
**En cada Comisaría de Familia se organizará un sistema de orientación e información al Usuario que agilice la Prestación del servicio y le brinde las herramientas necesarias para la efectividad de sus derechos.
Esta atención debe prestarse por el Comisario, Trabajador Social o Psicólogo apoyados por estudiantes de las mismas áreas, para lo cual se suscribirán convenios con las instituciones Universitarias para la asignación de estudiantes de Derecho que puedan realizar su práctica de Consultorio Jurídico y estudiantes de sicologia y trabajo social para la práctica profesional.
**
Artículo 5.
-
**Las Comisarías de Familia desarrollaran programas de protección de los menores y preventivos de violencia intrafamiliar, de acuerdo a la problemática de cada localidad.
Las Alcaldías Locales suministrarán a las Comisarías de Familia el apoyo logístico necesario para el cumplimiento cabal de esta función.
**
Artículo 6.
-
Para disminuir los riesgos psicosociales y preservar la salud mental de los funcionarios de las Comisarías de Familia, se deberá implementar programas de salud ocupacional en la forma prevista en el Decreto 1295 de 1994.
Artículo 7.
-
El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de diciembre de dos mil uno (2001)
MARÍA VICTORIA VARGAS S.
Presidente del Concejo MANUEL VICENTE LÓPEZ L.
Secretario General ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE 22 DE MARZO DE 2002 ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2602 de 22 de Marzo de 2002.
**
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo 001 de 2023
ACUERDO 001 DE 2023 (sic) Por medio del cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Secretaría Distrital de Movilidad LOS MIEMBROS DEL…
-
Acuerdo 007 de 2023
ACUERDO 007 DE 2023 (sic) Por el cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el Cumplimiento a la Sentencia SU-288 de 2022…
-
Acuerdo 013 de 2023
Derogado por el art. 04 del Acuerdo 014 de 2024 EL COMITÉ DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ…
-
Acuerdo 001 de 2021
ACUERDO 01 DE 2021 Por medio del cual se actualiza el reglamento interno del Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Cultura, Recreación y De…
-
Acuerdo 001 de 2020
ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…