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Resolución 798 de 2002

Resolución 798 de 2002 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
798
Año
2002
Fecha
3 de julio de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCION 798 DE 2002 (Junio 28) «Por la cual se modifica la Resolución 1195 del 17 de noviembre de 1998» EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. En uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las que le confiere el inciso tercero del artículo 45 del Decreto Distrital 807 de 1993.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 1195 del 17 de noviembre de 1998, establece la nueva clasificación de las actividades económicas para el impuesto de industria y comercio en el Distrito Capital de Bogotá.

Que las Resoluciones 172 y 1367 del 18 de febrero de 1999 y 29 de diciembre de 2000 respectivamente, modifican parcialmente la Resolución 1195 de 1998, en cuanto a la descripción de algunos códigos de actividad y creando otros códigos.

Que para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio y conforme a lo dispuesto por el Concejo Distrital en Acuerdo 65 de 2002, se hace necesario modificar la descripción de algunas actividades, además de eliminar y crear otros códigos de actividad.

RESUELVE:

Artículo 1º.

-

Modifícase la descripción de la siguiente actividad económica: | Código CIIU-AC-DC | Descripción de Actividad Económica | Tarifa 2002 (Por mil) | Tarifa 2003 y siguientes (Por mil) ---|---|---|--- 22112 | Edición de folletos, partituras y otras publicaciones | 9.6 | 11.04 **

Artículo 2º.

-

Elimínese el siguiente código de actividad económica: Código CIIU-AC-DC | Descripción de Actividad Económica Tarifa (Por mil) | Tarifa (Por mil) ---|---|--- 8000 | Educación | 7

Artículo 3º.

-

Adiciónese los siguientes códigos de actividades económicas: Código CIIU-AC-DC | Descripción de Actividad Económica | Tarifa 2002 | Tarifa 2003 y siguientes (Por mil) ---|---|---|--- 8011 | Educación preescolar | 7 | 7 8012 | Educación básica primaria | 7 | 7 8021 | Educación básica secundaria | 7 | 7 8022 | Educación media | 7 | 7 8030 | Servicio de educación laboral especial | 8.4 | 9.66 8041 | Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar y básica primaria | 7 | 7 8042 | Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar y básica (básica primaria y básica secundaria) | 7 | 7 8043 | Establecimientos que prestan el servicio de educación preescolar, básica (básica primaria y básica secundaria) y media | 7 | 7 8044 | Establecimientos que prestan el servicio de educación básica (básica primaria y básica secundaria) | 7 | 7 8045 | Establecimientos que prestan el servicio de educación básica (básica primaria y básica secundaria) y media | 7 | 7 8046 | Establecimientos que prestan el servicio de educación básica secundaria y media | 7 | 7 8050 | Educación superior | 8.4 | 9.66 80601 | Educación no formal (excepto programas de educación básica primaria, básica secundaria y media no gradual con fines de validación) | 8.4 | 9.66 80602 | Educación no formal impartida mediante programas de educación básica primaria, básica secundaria y media no gradual con fines de validación | 7 | 7 22113 | Edición de libros | 8 | 8

Artículo 4º.

Vigencia.

La presente Resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de Junio del año 2002.

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ Secretario de Hacienda Distrital (E).

Nota: Esta Resolución fue publicada en el Registro Distrital 2666 de julio 07 de 2002.

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