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Resolución 11 de 2002

Resolución 11 de 2002 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Tipo
Resolución
Número
11
Año
2002
Fecha
1 de agosto de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCION 11 DE 2002 (Agosto 1) "Por la cual se modifica la escala salarial del Instituto de Desarrollo Urbano y se dictan otras disposiciones". LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTA D.C., en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No. 007 de 2002 se fijó la escala salarial para vigencia 2002 en el Instituto de Desarrollo Urbano.

Que mediante Resolución No. 014 de 1998, modificada por las Resoluciones No. 006 y No.011 de 2001, se fijaron los porcentajes a reconocer como gastos de representación y prima técnica de los empleados de la entidad.

Que con el propósito de viabilizar una modificación en la planta de empleos en el nivel Asesor, se requiere modificar la escala salarial vigente, así como los porcentajes a reconocer como gastos de representación y prima técnica de los empleados del Instituto.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

\- Modificar la escala salarial correspondiente a la planta de empleos públicos del Instituto de Desarrollo Urbano para la vigencia 2002, la cual quedará de la siguiente forma:

Artículo segundo.

- Para los cargos incluidos en los niveles Directivo y Asesor el reconocimiento y pago de los gastos de representación se efectuará con base en los siguientes porcentajes: | GRADO | DIRECTIVO | ASESOR ---|---|--- 01 | 30% | 20% 02 | 40% | 40% 03 | 40% | 40% 04 | 50% | 05 | 50% | **

Parágrafo. -

Los funcionarios que a la fecha de expedición de esta providencia administrativa tengan asignados gastos de representación continuarán disfrutándolos en el mismo porcentaje en que se les venía reconociendo y pagando. [Ver art. 3 Resolución Junta Directiva IDU 014 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5782#1)

Artículo tercero.

-

Para el reconocimiento y pago de la Prima Técnica en los niveles Directivo, Asesor y Profesional, se tendrán en cuenta los siguientes porcentajes sobre la asignación básica mensual: GRADO | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL ---|---|---|--- 01 | 40% | 20% | 15% 02 | 40% | 40% | 15% 03 | 40% | 40% | 15% 04 | 50% | | 15% 05 | 50% | | 15% 06 | | | 15% [Ver art. 4 Resolución Junta Directiva IDU 014 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5782#1)

Artículo cuarto.

-

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contraria.

Dada en Bogotá D.C., al primer (1) día del mes de agosto de dos mil dos (2002)

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE PRESIDENTE Firma ilegible SECRETARIO Firma Ilegible NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2708 del 4 de Septiembre de 2002.

**

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