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Resolución 111 de 2002

Resolución 111 de 2002 Instituto Distrital de Cultura y Turismo

Tipo
Resolución
Número
111
Año
2002
Fecha
16 de mayo de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 111 DE 2002 (Mayo 16) "Por medio de la cual se adiciona el Manual de Procedimientos y Control Interno del Instituto Distrital de Cultura y Turismo" LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias en especial las que le confiere el Acuerdo de Junta Directiva 02 de 2001 y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Cultura y Turismo y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas el día 20 de diciembre de 1990, suscribieron con convenio cuyo objeto consiste en aunar esfuerzos y recursos humanos, físicos y financieros para desarrollar y alcanzar los objetivos de ambas Instituciones, mediante el ofrecimiento de Programas Académicos de Educación Formal, de Extensión y de Investigación en el área de las bellas artes en sus diferentes expresiones, en beneficio de los habitantes del Distrito Capital y del País en general.

Que se encuentra establecido en el mencionado Convenio, que la máxima autoridad del mismo, es el Comité Interinstitucional, el cual se encuentra conformado por funcionarios tanto del Instituto como de la Universidad.

Que con el propósito de contar con herramientas de trabajo actualizadas que simplifiquen y hagan más eficientes la ejecución de las actividades administrativas asignadas a la Secretaría Académica de la ASAB, se llevó a cabo un detallado estudio en este campo, con la participación de personal de dicha área, de la Subdirección Administrativa y Financiera, de la Oficina Asesora de Planeación y el Asesor de Control Interno del Instituto Distrital de Cultura y Turismo y Funcionarios de la Oficina de Planeación y Sistemas de la Universidad Distrital.

Que una vez culminado el referido estudio, se identificó la necesidad de establecer algunos procedimientos administrativos, que deben ser adoptados en la Secretaría Académica de la ASAB.

Que el Comité Interinstitucional en sesión de fecha abril 17 de 2002, aprobó la adopción de los nuevos procedimientos a aplicarse en la Secretaria Académica de la ASAB.

Que es función del Director General del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, establecer las funciones y procedimientos y expedir las reglamentaciones que requieran las dependencias y cargos de la entidad.

Que la Ley 87 de 1993 en su artículo 4 preceptúa que toda entidad debe implementar procedimientos para la ejecución de los procesos como elementos fundamentales para el Sistema de Control Interno;

Que mediante Resolución 35 de 2000, fue adoptado el Manual de procedimientos y Control Interno del Instituto Distrital de Cultura y Turismo. Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adicionar el Manual de Procedimientos y Control Interno del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, adoptado mediante la Resolución 035 de 2000, con los siguientes procedimientos: | 700 | ACADEMIA SUPERIOR DE ARTES ---|--- 710 | SECRETARIA ACADEMICA CODIGO | PROCEDIMIENTO 110.2. | Inscripción, Selección y Admisión de Aspirantes a Proyectos Curriculares de Pregrado. 110.3 | Matriculas de Estudiantes a Proyectos Curriculares de Pregrado en Artes 110.4 | Expedición de Certificaciones o Constancias a Estudiantes de Proyectos Curriculares. 110.5 | Evaluación de Asignaturas y Registro de Calificaciones. 110.6 | Homologación y Validación de Asignaturas. 110.7 | Administración de Documentos de Hoja de Vida Académica 110.8 | Cancelación y Adición de Asignaturas 110.9 | Otorgamiento de Incentivos Académicos. 110.10 | Graduación de Estudiantes de Proyecto Curricular en Artes 110.11 | Transferencia de Estudiantes **

Artículo 2°.

A partir de la fecha, cada uno de los mencionados procedimientos, deberá ser ejecutado conforme se describe en el manual. Para efecto Asesor de Planeación, en colaboración con las dependencias que toman parte en cada uno de ellos, deberá elaborar los soportes necesarios como formatos y demás documentos que se contemplan en cada uno de los procedimientos.

Artículo 3°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de Mayo de 2002 ROCIO LONDOÑO BOTERO Directora INSTITUTO DISTRITAL DE CULTURA Y TURISMO **

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