Resolución 7357 de 2002
Resolución 7357 de 2002 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 7357
- Año
- 2002
- Fecha
- 4 de septiembre de 2002
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCION 7357 DE 2002 (Septiembre 4) [Derogada por la Resolución del IDU-DG 1520 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31570#0) "Por la cual se modifica la Resolución No. 337 del 13 de mayo de 1998" LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas por artículo 8º de la Resolución No. 015 del 10 de noviembre de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 337 del 13 de mayo de 1998, el Director General reglamentó el reconocimiento** y pago de la prima técnica para los empleados del Instituto de Desarrollo Urbano, considerando para los empleos del nivel asesor una prima técnica equivalente hasta un 40% sobre la asignación básica mensual.
Que la Junta Directiva mediante Resolución No. 010 del 1 de agosto de 2002, modificó la planta de empleos del Instituto de Desarrollo Urbano, suprimiendo unos cargos y creando otros, y entre ellos los pertenecientes al nivel asesor.
Que mediante Resolución No. 011 del 1 de agosto de 2002, la Junta Directiva estableció entre otros los porcentajes de prima técnica para los empleos pertenecientes al nivel asesor, así: | GRADO | ASESOR ---|--- 01 | 20% 02 | 40% 03 | 40% Que en consideración a lo anterior, se hace necesario de conformidad con dichos porcentajes reglamentar el reconocimiento y pago de la prima técnica para los empleos del nivel asesor.
Que en mérito de lo expuesto, **
RESUELVE:
Artículo 1.
-
** Para reconocer y pagar la prima técnica a los funcionarios del nivel asesor, se tendrán en cuenta la capacitación y experiencia, de acuerdo con los siguientes factores y porcentajes liquidados sobre la asignación básica mensual: a) Para el cargo del Nivel Asesor grado 01:
1. Un máximo del catorce por ciento (14%) a quien acredite título de estudios de formación avanzada o de postgrado o segundo título universitario; o el dos por ciento (2%) por cada ochenta (80) horas de capacitación aprobada y acreditada, diferente a los estudios del pénsum académico de formación avanzada o de postgrado, hasta completar el catorce por ciento (14%). La capacitación que se acredite debe ser directamente relacionada e inherente a la profesión o desempeño del cargo.
2. Un uno porciento (1%) por cada año de experiencia profesional, docencia universitaria o investigación científica, acreditada y certificada, hasta completar un máximo del seis por ciento (6%).
b) Para el cargo del Nivel Asesor grados 02 y 03:
1. Un máximo del veinte por ciento (20%) a quien acredite título de estudios de formación avanzada o de postgrado o segundo título universitario; o el cuatro por ciento (4%) por cada ochenta (80) horas de capacitación aprobada y acreditada, diferente a los estudios del pénsum académico de formación avanzada o de postgrado, hasta completar el veinte por ciento (20%). La capacitación que se acredite debe ser directamente relacionada e inherente a la profesión o desempeño del cargo.
2. Un cuatro porciento (4%) por cada año de experiencia profesional, docencia universitaria o investigación científica, acreditada y certificada, hasta completar un máximo del veinte por ciento (20%).
[Ver art. 4 Resolución IDU 14 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5782#1), [Ver art. 3 Resolución Junta Directiva IDU 15 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6096#1) **
Artículo 2.
-
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias en especial las contenidas en la Resolución No. 337 del 13 de mayo de 1998.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días el mes de septiembre de dos mil dos (2002)
MARÍA ISABEL PATIÑO OSORIO Directora General NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2722 de 24 de Noviembre de 2002.
**
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