Jurismart

Circular 001 de 2002

Circular 1 de 2002 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
001
Año
2002
Fecha
19 de enero de 2002
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 001 DE 2002 | PARA: | FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA ---|--- DE: | SUBSECRETARIA GENERAL ASUNTO: | VACACIONES, HORAS, EXTRAS, RECARGOS NOCTURNOS, CESANTIAS, ACTUALIZACION FORMATO BIENES Y RENTAS Y HOJA DE VIDA. FECHA: | [Ver Concepto Consejo de Estado N° 1393 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5513#1) [Ver Decreto Nacional 1919 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5496#1)

La Subsecretaria General con el fin de garantizar el oportuno trámite de las solicitudes que se gestionan ante la Oficina de Recursos Humanos, atentamente se permite informar lo siguiente:

** Vacaciones:

** \- Sobre el particular se reitera lo expresado en la Circular No. 003 del 19 de enero de 2001, toda vez que el pago se efectuará de acuerdo con dicha programación.

\- Una vez reconocido el disfrute de las vacaciones éstas deben tomarse en su totalidad, no autorizándole el aplazamiento o interrupción, salvo casos excepcionales que ameriten lo anterior, de acuerdo con las necesidades del servicio y correspondiendo a la Secretaría General concederías, aplazarlas o interrumpirlas \- El jefe de la respectiva dependencia deberá llevar el control de salida a disfrutar de las vacaciones, así como del reintegro correspondiente e informar por escrito o por correo electrónico lo pertinente a la Oficina de Recursos Humanos.

** Horas extras y Recargos Nocturnos:

** Las horas extras y recargos nocturnos se tramitarán para pago dentro del respectivo mes, siempre que hayan sido recibidas en el C.D.I. a más tardar el último día hábil de la primera semana de cada mes.

** Cesantías:

** En el mismo sentido los solicitudes de cesantías se tramitarán dentro de los 15 días siguientes al recibo en la Oficina de Recursos Humanos.

** Actualización Bienes y Rentas y hoja de Vida:

** De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 190 de 1995, les agradezco actualizar la información en los formatos de Bienes y Rentas y Hoja de vida, los cuales deben ser enviados a la Oficina Recursos Humanos antes del 21 de febrero de 2002, recordando que en el formato de Bienes y Rentas se debe especificar que los bienes y rentas declarados son los únicos que posee el declarante, ya sea personalmente o por interpuesta persona y todo cambio que se produzca deberá ser comunicado a la entidad dentro de los dos meses siguientes al mismo.

En el formato de actualización de hoja de vida se actualiza la información sobre datos personales, educación y tiempo de experiencia laboral.

Cordialmente, ANGELA PIEDAD ARENAS PORRAS Anexo: Formatos para cada dependencia.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar