Jurismart

Resolución 039 de 2003

Resolución Reglamentaria 039 de 2003 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución
Número
039
Año
2003
Fecha
10 de julio de 2003
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 039 DE 2003 (Julio 10) [Derogada por el art. 3, Resolución Contraloría Distrital 05 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23598#3) "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución Reglamentaria No. 021 del 25 de marzo de 2003" EL CONTRALOR DE BOGOTA, D.C. (E) En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO:

Que la Contraloría de Bogotá D.C. expidió la Resolución Reglamentaria No. 021 del 26 de marzo de 2003 "Por la cual se establecen medidas de Austeridad y eficiencia en la contratación".

Que es necesario modificar el artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. 021 del 26 de marzo de 2003 con el fin de brindar mayor claridad en la aplicación de la citada norma. [Ver el Decreto Nacional 1737 de 1998 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1304#0)**

RESUELVE:

Artículo primero.

-** El artículo primero de la Resolución Reglamentaria No. [021 del 2003 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9051#0)quedará así: "ARTICULO PRIMERO.- Adoptar las siguientes medidas de austeridad y eficiencia en la contratación.- CONTRATACION DE SERVICIOS PERSONALES: los contratos de prestación de servicios con personas naturales y jurídicas, sólo se podrán celebrar cuando no exista personal de planta con capacidad e idoneidad para realizar las actividades a contratar, lo cual será certificado por la Dirección de Talento Humano, una vez revisadas las hojas de vida de todos los funcionarios y comprobado que no se encuentra en la planta, personal que llene los requisitos exigidos. Se entiende que no existe personal de planta en la Entidad cuando es imposible atender la actividad con dicho personal, porque de acuerdo con los manuales específicos, no existe personal que pueda desarrollar la actividad para la cual se requiere contratar la prestación del servicio, o cuando el desarrollo de la actividad requiere un grado de especialización que implica la contratación del servicio, o cuando aun existiendo personal en la planta, éste no sea suficiente, la inexistencia de personal suficiente deberá acreditarse por el Contralor de Bogotá. Tampoco podrán celebrarse estos contratos cuando existan relaciones contractuales vigentes con igual objeto al del contrato que se pretende suscribir, salvo autorización expresa del Contralor de Bogotá. Esta autorización estará precedida de la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar".

Artículo segundo.

- **Las disposiciones de la Resolución Reglamentaria Nº 021 de 2003 no modificadas por el presente acto continúan vigentes.

Artículo tercero.

- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de Julio de 2003 MIGUEL ANGEL MORALES RUSSI Contralor de Bogotá D. C. (e) Nota: Publicada en el Registro Distrital 2912 de Julio 17 de 2003.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar