Resolución 3550 de 2003
Resolución 3550 de 2003 Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Tipo
- Resolución
- Número
- 3550
- Año
- 2003
- Fecha
- 26 de noviembre de 2003
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 3550 DE 2003 (Noviembre 26) Por la cual se reglamenta la realización y el funcionamiento de los Foros Locales y Distrital en Bogotá D.C. para el año 2004 sobre Educación Artística. LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTA, D.C., En uso de sus atribuciones legales, especialmente las que le confiere la Ley 115 de 1994, lo dispuesto en el Decreto Reglamentario Nacional 1581 de 1994 y el Decreto Distrital 898 de noviembre 29 de 2001, y C O N S I D E R A N D O: Que la Ley 115 de 1994 en su título VIII, Capítulo 3º, sección segunda creó los foros educativos nacional, departamentales, distritales y municipales; y señaló su objeto y organización periódica.
Que el artículo 164 de la Ley 115 de 1994 establece que el objeto de los foros es propiciar la reflexión sobre el estado de la educación y hacer recomendaciones a las autoridades educativas respectivas para el mejoramiento de la calidad y la ampliación de la cobertura del servicio educativo.
Que el Decreto 1581 del 22 de julio de 1994 reglamenta el funcionamiento general de los foros educativos.
Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., mediante Decreto 271 del 1º de septiembre de 2003, convocó la realización de los foros educativos locales y el Foro Educativo Distrital del año 2004, estableciendo que los Foros Institucionales deben realizarse del 19 de enero al 27 de febrero de 2004 y los Foros Locales del 1° al 31 de marzo de 2004, y el Foro Distrital entre la tercera y la cuarta semana de junio de 2004.
Que el artículo segundo del decreto Distrital 271 del 1º de septiembre de 2003 Continuación de la resolución N° 3550 de Noviembre 26 de 2003, por la cual se reglamenta la realización y el funcionamiento de los Foros Locales y Distrital en Bogotá D.C para el año 2004 sobre Educación Artística estableció que la temática girará en torno a la Educación Artística.
Que el artículo séptimo designa a la Secretaría de Educación del Distrito Capital la coordinación técnica y académica de todo el proceso, para lo cual deberá expedir los actos administrativos correspondientes. **R E S U E L V E:
Artículo primero.
- Establecer, para los foros locales y Distrital del año 2004 sobre EDUCACIÓN ARTÍSTICA, como lema "Pedagogía de los sentidos y la sensibilidad creadora".
Artículo segundo.
- Fijar los días 16 y 17 de junio del 2004 para la realización del Foro Educativo Distrital.
Artículo tercero.
-** Las experiencias y propuestas que se alleguen a los Foros Locales y Comités locales deberán enfocarse al mejoramiento de la Educación Artística en la escuela y su aporte a elevar el conocimiento y el espíritu artístico y cultural de las personas.
Parágrafo. La Secretaría de Educación apoyará, a través de una entidad competente, la orientación académica y técnica de los foros locales.
Artículo cuarto.
- Conformar el Comité Distrital del IX FORO EDUCATIVO**, el cual estará presidido por la Directora de Evaluación y Acompañamiento e integrado por las subdirecciones a su cargo, la Subdirección de Medios Educativos, un funcionario de la Oficina Asesora de comunicación y Prensa, un representante del sector académico universitario experto en el tema y un profesor del área de Educación Artística de la educación básica y media.
Parágrafo. El Subdirector de Mejoramiento Educativo cumplirá funciones de secretario técnico del Comité Distrital.
Artículo quinto.
- Corresponde al Comité Distrital del IX FORO EDUCATIVO** orientar, sin perjuicio de la autonomía de los Comités Locales, el desarrollo de los Foros Educativos Locales mediante la fijación de requisitos, criterios y procedimientos básicos para la inscripción, presentación y selección de las experiencias; la selección de las propuestas allegadas por cada Comité Local; la coordinación del desarrollo del Foro Distrital y la elaboración de las memorias del Foro Educativo Distrital y su correspondiente difusión.
Artículo sexto.
-** Corresponde al Consejo Académico de la Institución Continuación de la resolución N° 3550 de Noviembre 26 de 2003, por la cual se reglamenta la realización y el funcionamiento de los Foros Locales y Distrital en Bogotá D.C para el año 2004 sobre Educación Artística Educativa interesada en presentar su experiencia, registrar, conforme al procedimiento y cronograma establecido para el efecto por el Comité Local, la experiencia institucional sobre la temática fijada en el artículo primero de la presente resolución.
Parágrafo. El Comité Local establecerá el procedimiento y requisitos específicos para otras personas y entidades, distintas a los centros educativos, que pretendan presentar ponencias o experiencias.
Artículo septimo.
-** El Comité Local establecerá la sede, la agenda y la metodología para la deliberación y exposición de experiencias y ponencias previamente seleccionadas.
Artículo octavo.
-** Las experiencias institucionales seleccionadas y sus correspondientes anexos y recomendaciones, se harán constar en acta suscrita por el Presidente y la mayoría simple de los miembros del Comité Local y deberán ser enviadas a la Dirección de Evaluación y Acompañamiento de la Secretaría de Educación, a más tardar a los 20 días calendario posteriores a la realización del Foro Local.
Artículo noveno.
- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a Noviembre 26 de 2003 MARGARITA PEÑA BORRERO Secretaria de Educación
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