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Resolución 003 de 2003

Resolución 3 de 2003 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección de Impuestos de Bogotá

Tipo
Resolución
Número
003
Año
2003
Fecha
20 de enero de 2003
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN 003 DE 2003 (Enero 20) "Por medio de la cual se adoptan los formularios oficiales para la declaración y pago de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores." LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993,

CONSIDERANDO:

Que para efectos de la presentación y pago ante las entidades financieras autorizadas de las declaraciones del impuesto predial unificado e impuesto sobre vehículos automotores administrados por la Dirección Distrital de Impuestos, se deben adoptar en forma adicional a los formularios comercializables que trata la Resolución No. 26 del 31 de diciembre de 2002, los formularios para declaración y pago de estos impuestos, con información totalmente prediligenciada soportada en el sistema de información de la Administración Tributaria, con el fin de simplificar y agilizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Que los contribuyentes y responsables del impuesto predial unificado, que reúnan las condiciones para pertenecer al Sistema Preferencial, podrán cumplir la obligación de pago por los años gravables 1999 a 2002 en los formatos prescritos en la presente resolución como Recibos de Pago Sistema Preferencial S.P.P., Predios Residenciales estratos 1 y 2.

Que para las Retenciones del impuesto predial unificado se ha diseñado un formulario en el cual los notarios responsables podrán cumplir su obligación de declarar y pagar los valores retenidos por el año gravable 2003 y anteriores.

Que los contribuyentes y responsables de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores, podrán cumplir la obligación de pago por los años gravables 2002 y anteriores en los formatos prescritos en la presente resolución como formulario de declaración de los impuestos predial unificado y sobre vehículos automotores para el diligenciamiento de la declaración mediante el Sistema de Información Tributaria, los cuales serán de carácter obligatorio para los contribuyentes o declarantes de este impuesto que opten por este sistema. [Ver Resolución Dirección de Impuestos Distritales 4 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5901#1), [Ver Resolución Dirección de Impuestos Distritales 26 de 2002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6765#1), [Ver Resolución Dirección de Impuestos Distritales 1 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11525#0)

RESUELVE:

Artículo primero. Adóptese los siguientes formularios anexos a la presente resolución y que hacen parte integral de la misma. 1. Formulario para declaración y pago del impuesto predial unificado año gravable 2003 (Diligenciado totalmente con información de la Administración Tributaria, en conjunto con el contribuyente o para envío al domicilio del contribuyente). 2. Recibos únicos de Pago Sistema Preferencial S.P.P., predios residenciales estratos 1 y 2. 3. Formulario Único para declaración de retenciones sobre el impuesto predial unificado. 4. Formulario para declaración y pago del impuesto sobre vehículos automotores (Diligenciado totalmente con información de la Administración Tributaria, en conjunto con el contribuyente o para envío al domicilio del contribuyente).

Parágrafo. Los formularios a que se refieren los numerales 1, 2 y 4 podrán ser utilizados por el contribuyente o declarante para cumplir con la obligación de declarar y pagar, si éste está de acuerdo plenamente con la información que ellos contienen. Artículo segundo. Los formularios del impuesto predial unificado e impuesto sobre vehículos automotores a que se refieren los numerales 1, 2 y 4 podrán ser utilizados para declarar y pagar años gravables 2002 y anteriores. Artículo tercero. La distribución de los formularios aquí adoptados no tendrá ningún costo al público. Artículo cuarto. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de enero de 2003 MARIA CAMILA URIBE SÁNCHEZ Directora Distrital de Impuestos Nota: Publicado en el Registro Distrital 2800 de Enero 21 de 2003. Los formularios referidos en la presente resolución, pueden consultarse en las oficinas de la entidad que la expidió, o en el Registro Distrital

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