Decreto Local 006 de 2003
Decreto Local 6 de 2003 Alcaldía Local de San Cristóbal
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 006
- Año
- 2003
- Fecha
- 19 de diciembre de 2003
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 006 DE 2003 (Diciembre 19) [Liquidado por el Decreto Local 07 de 2003](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32466#0) Por el cual se repite el Presupuesto General de Ingresos, Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de San Cristobal para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2004. EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el articulo 85 de Decreto 1421 del 21 de julio de 1.993 y el articulo 20 y parágrafo del Decreto 1139 de 2.000 y
CONSIDERANDO:
1- Que la Administración Local, con el oficio PTO - 311 radicado el 2 de Diciembre /2003, presentó dentro de los términos contemplados en el articulo 16 del Decreto 1139 de 2.000, a la Junta Administradora Local el anteproyecto de presupuestó, previo concepto del CONFIS y demás exigidos por el articulo 16 del Decreto 1139/2000. 2- Que La Junta Administradora Local de San Cristóbal no aprobó el presupuesto, según mensaje escrito radicado bajo el numero 9557 el 15 de diciembre de 2.003, en el despacho. 3- Que de conformidad con el Decreto 111 de Enero 15 de 1.996, estatuto orgánico de presupuesto, el decreto 714, estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, en su articulo 48, reglamentan el proceso presupuestal y en especial el Decreto 1139 de Diciembre 29 de 2.000, donde se reglamenta el proceso presupuestal para los Fondo de de Desarrollo. 4- Que el articulo 20 del Decreto 1139 de 2000 -
Parágrafo. Faculta al Alcalde Local, para expedir el decreto de repetición del Presupuesto y distribuir el monto de los ingresos calculados, de acuerdo con los requerimientos del Plan Operativo Anual de Inversión. 5- Que de acuerdo con los requerimientos del Plan Operativo Anual de Inversión en concordancia con el plan de Desarrollo Local, el valor de repetición es de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CINCUENTA Y UN PESOS CON 76/100 M/cte. $ 38.247.350.051.76 6- Que en merito de lo expuesto** DECRETO:
Artículo primero.
- Repetir el presupuesto general de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local - Localidad Cuarta (04), para la vigencia 2.004, de conformidad con el siguiente detalle: | I PARTE ---
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