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Resolución 438 de 2004

Resolución 438 de 2004 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte

Tipo
Resolución
Número
438
Año
2004
Fecha
28 de septiembre de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 438 DE 2004 (Septiembre 28) "Por el cual se revoca una delegación y se reasumen unas funciones". EL SUBSECRETARIO JURÍDICO DE LA SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTA D.C. En uso de sus facultades legales y en especial las que confiere el artículo 8 de la Ley 354 de 2001, artículo 9 y 12 de la Ley 489 de 1998.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 211 de la Constitución Nacional, autoriza a la Ley para fijar las condiciones conforme a las cuales las autoridades administrativas pueden delegar funciones y competencias en sus subalternos o en otras autoridades.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Nacional, la función administrativa está al servicio de los intereses generales con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, a través de la delegación.

Que según lo que establece el artículo 9º. de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, pueden mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores.

Que el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 determina que la autoridad delegante puede en cualquier tiempo reasumir la competencia delegada.

Que el artículo 8 de la Ley 354 de 2001, establece las funciones de la Subsecretaría Jurídica, en especial el numeral 7 "Vigilar el cumplimiento de las normas en materia de transporte público adelantar y fallar las investigaciones sobre la materia, según las normas vigentes"

Que mediante las resoluciones 383 de agosto de 2003 y 060 de mayo de 2004, se delegó en la Coordinadora del grupo de Investigaciones e Inmovilización de transporte Público Colectivo y el Asesor 105 grado 05 de la Subsecretaría Jurídica, la función de fallar las investigaciones por infracciones a las normas de transporte, relacionado con el transporte público colectivo.

Que a la fecha y debido al cúmulo de investigaciones existentes por violación a las normas de transporte público, tanto de transporte individual, como colectivo, se requiere unificar los procedimientos a efectos de buscar mayor agilidad y eficacia en las investigaciones. En consecuencia;

RESUELVE:

Artículo primero.

- **Revocar las resoluciones 383 de 2003 y 060 de 2004, por las consideraciones expuestas.

Artículo segundo.

-** Reasumir la competencia relacionada con los procesos por violación a las normas de transporte, adelantando y fallando las investigaciones sobre la materia, según las normas vigentes en la Subsecretaría Jurídica.

Artículo tercero.

- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de dos mil cuatro (2004). JAIRO LEONEL SÁNCHEZ GUZMÁN Subsecretario Jurídico NOTA: Publicado en el Registro Distrital No.3188 de Septiembre 29 de 2004.

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