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Resolución 000068 de 2004

Resolución 68 de 2004 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
000068
Año
2004
Fecha
22 de enero de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 000068 DE 2004 (Enero 22) [Derogada por el art. 5, Resolución Secretaría de Hacienda 1155 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15658#5) Por la cual se modifica la Resolución[1583](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6526#0)de 2002 EL SECRETARIO DE HACIENDA DE BOGOTÁ D.C., en uso de las facultades otorgadas por el Decreto No. 450 del 1º de noviembre de 2002

CONSIDERANDO:

Que es obligación legal de las entidades estatales, adelantar las gestiones administrativas necesarias para depurar la información contable, de manera que los estados contables revelen en forma fidedigna su realidad económica, financiera y patrimonial.

Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto 1282 de junio 19 de 2002, reglamentario de la Ley 716 de 2001, ordena a las entidades públicas _"establecer la existencia real de bienes, derechos y obligaciones que afecten el patrimonio público con corte a 31 de diciembre de 2000 depurando y castigando los valores que presenten un estado de cobranza o pago incierto a fin de buscar su eliminación o incorporación en la respectiva contabilidad"._ Que por mandato del artículo 6º del Decreto 1282 de 2002, se debe constituir un Comité Técnico de Saneamiento Contable, encargado de asesorar en la determinación de las políticas tendientes al saneamiento contable, fijar los montos objeto de depuración y establecer los procedimientos necesarios para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 716 de 2001.

Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. mediante el Decreto 450 del 1º de noviembre 2002, delega en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, Alcaldes Locales y Rectores o Directores de las Instituciones Educativas Distritales, la competencia y responsabilidad administrativa sobre la depuración de los valores contables, de que trata el artículo 5º de la Ley 716 de 2001 y el Decreto Reglamentario 1282 de junio 19 de 2002, así como el cumplimiento de las funciones derivadas de esta delegación y la facultad de creación de los Comités Técnicos.

Que le corresponde al Secretario de Hacienda, en su condición de jefe máximo de la entidad, crear el Comité Técnico de Saneamiento Contable y establecer las políticas y procedimientos necesarios para garantizar que se identifiquen, clasifiquen y determinen, previo estudio sustentado las respectivas partidas contables que deberán ser sometidas a consideración de la instancia correspondiente para su castigo o depuración.

Que la Ley 863 de 2003, por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas", en los artículos 65, 66 y 67 prorroga hasta el 31 de diciembre de 2005 los artículos 1º, 2º, 3º, 4º - excepto el Parágrafo 3º-, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º y 17º de la Ley 716 del 24 de diciembre de 2001.

Que por tanto se hace necesario modificar el artículo segundo de la parte resolutiva de la Resolución 1583 de 2002.

Que con fundamento en las precedentes consideraciones, el Secretario de Hacienda,**

RESUELVE:

Artículo 1º.

El artículo segundo de la Resolución 1583 de 2002 quedará así: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y hasta la vigencia de la Ley 716 de 2001 en lo que corresponda a saneamiento contable.

Artículo 2º.

Los demás artículos de la Resolución 1583 de 2002 continúan plenamente vigentes. ** Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de enero de dos mil cuatro (2004) PEDRO ARTURO RODRIGUEZ TOBO Secretario de Hacienda de Bogotá D.C. NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3033 de enero 28 de 2004.

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