Resolución 07 de 2004
Resolución 7 de 2004 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva
- Tipo
- Resolución
- Número
- 07
- Año
- 2004
- Fecha
- 16 de junio de 2004
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 07 DE 2004. (Junio 16) [Derogada por el art. 13, Resolución de la J.D. IDU 15 de 2005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18612#13) [Modificada y Adicionada por la Resolución de la J.D. IDU 15 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15726#0) "Por lo cual se modifica y adiciona la Resolución de Junta Directiva Nº 014 del 26 de junio de 2001 ". LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C., en ejercicio de sus facultades, conferidas por el ordinal 26 del artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972 del Concejo Distrital y del Decreto 1421 de 1.993 y,
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, con el propósito de fomentar la economía administrativa con un adecuado control interno, faculta a las autoridades administrativas para delegar en sus colaboradores del orden directivo y asesor, el ejercicio de funciones con los requisitos y en las condiciones establecidas en los estatutos respectivos.
Que es atribución de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano autorizar al Director para delegar en sus subalternos, determinándolas, algunas de las funciones que le corresponden.
Que mediante Resolución 014 del 26 de junio de 2001, la Junta Directiva autorizó al Director General del Instituto para delegar algunas de las funciones propias de su cargo.
Que el parágrafo del artículo 4º del Decreto Distrital 037 de 2004, establece que la ordenación del gasto del Fondo para el Pago Compensatorio de Parqueaderos o Estacionamientos y todas las funciones que de esta atribución se desprendan corresponden al Director del Instituto de Desarrollo Urbano, que para este caso será el Director Técnico Financiero.
Que el Decreto Distrital Nº 133 de 2004, adicionó el Decreto Distrital 037 de 2004, estableciendo un régimen de transición de 45 días hábiles, para efectos de la reglamentación del procedimiento para el recaudo y cobro de los valores por concepto de los Fondos para el Pago Compensatorio de Parqueaderos o Estacionamientos.
Que con fundamento en lo anterior, el Instituto de Desarrollo Urbano implementó un procedimiento transitorio para iniciar el recaudo del pago compensatorio por concepto de parqueaderos o estacionamientos, consistente en la firma de un acta de compromiso, suscrita por el Representante Legal del Instituto de Desarrollo Urbano o quien éste delegue y la persona natural o el Representante Legal de la persona Jurídica interesada en surtir el señalado trámite, previo a la expedición de la licencia de construcción o urbanismo por parte de las Curadurías Urbanas.
Que una vez revisados los procesos, procedimientos y la estructura orgánica vigente del Instituto, se determinó que es necesario autorizar la delegación de algunas funciones del Director General del IDU en el Director Técnico Financiero. En mérito de lo expuesto, **
RESUELVE:
Artículo 1.
Autorizar al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano para delegar en el Director Técnico Financiero, la siguiente función: "Suscribir las actas de compromiso derivadas del procedimiento de Administración del Fondo para el Pago Compensatorio de Parqueaderos o Estacionamientos".
Artículo 2.
El Director General, expedirá el acto administrativo de delegación, conforme a lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 3.
El funcionario delegatario rendirá informes mensuales al Director General sobre el ejercicio de las funciones delegadas y será responsable de todos los actos que realice en ejercicio de las mismas.
Artículo 4.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona la Resolución de Junta Directiva 014 del 26 de junio de 2001 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.** Dada en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de Junio de 2004 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Firma ilegible PRESIDENTE Firma ilegible SECRETARIO NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 3122 de Junio 22 de 2004.
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