Jurismart

Resolución 09 de 2004

Resolución 9 de 2004 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección de Impuestos de Bogotá

Tipo
Resolución
Número
09
Año
2004
Fecha
4 de junio de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** RESOLUCIÓN 09 DE 2004 (Junio 4) "Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 2º de la Resolución 023 del 16 de diciembre de 2002." LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 7 numeral 3 del Acuerdo 65 de 2002 y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 65 de 2002 autorizó al Director Distrital de Impuestos para designar agentes retenedores del impuesto de industria y comercio.

Que para efectos de garantizar la eficiencia en el recaudo del impuesto de industria y comercio, se hace necesario designar otros agentes retenedores de dicho impuesto, además de los ya contemplados por el Acuerdo 65 de 2002 y el Decreto Distrital No. 271 de 2002.**

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.-** Adicionase un parágrafo al artículo 2º de la Resolución 023 de del 16 de diciembre de 2002, en los siguientes términos:

Parágrafo. A partir del primero (1º) de julio del año 2004, los contribuyentes del impuesto de industria y comercio que pertenezcan al régimen común, además de la retención de que trata este artículo, deberán efectuar retención a título de este impuesto, siempre que el beneficiario del pago sea un profesional independiente inscrito en el régimen común, cuando intervenga en operaciones por actividades gravadas con el impuesto en la jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá.

Artículo segundo.

- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., Junio 4 de 2004 GLORIA NANCY JARA BELTRAN Directora Distrital de Impuestos Nota: Publicado en el Registro Distrital 3113 de junio 7 de 2004.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar