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Resolución 158 de 2004

Resolución 158 de 2004 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Tipo
Resolución
Número
158
Año
2004
Fecha
10 de junio de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 158 DE 2004 (Junio 10) [Actualizada por la Resolución del D.A.D.E.P. 326 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16701#0) _Por la cual se adopta el Inventario de los Espacios Públicos Recuperados y/o Preservados_ EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PÚBLICO DE BOGOTA, D.C. en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 14 del Decreto Distrital 098 del 12 de abril de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital [098](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12726#0) del 12 de abril de 2004, se dictaron disposiciones destinadas a la preservación del Espacio Público en armonía con los Derechos de los Vendedores Ambulantes que lo ocupan, en cumplimiento a lo señalado por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia T-772 de 2003.

Que en desarrollo del citado ordenamiento, compete a los Alcaldes Locales llevar a cabo la restitución del Espacio Público, de cuya diligencia levantará acta y allegará copia al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Publico, con destino al inventario de los Espacios Públicos recuperados y/o preservados en cualquier tiempo y que se adopta por el presente acto administrativo, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 14 del mencionado Decreto.

Que para la conformación del inventario que se adopta mediante la presente resolución, se tuvo en cuenta la información requerida y reportada por las Alcaldías Locales y la contenida en el Sistema de Información de la Defensoría del Espacio Público SIDEP y el Archivo Físico de este Departamento Administrativo.

Que además corresponde al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Publico, según el inciso 2º del citado artículo 14, publicar el inventario en la página Web y mantenerlo mensualmente actualizado.

Que en mérito de lo expuesto, [Ver la Resolución de la Alcaldía Local Los Mártires 282 de 2004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14774#0), [Ver la Resolución del D.A.D.E.P. 21 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52267#0), [Ver la Resolución del D.A.D.E.P. 11 de 2008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52266#0)**

RESUELVE:

Artículo primero.

- Adoptar el siguiente inventario de los Espacios Públicos recuperados y/o preservados en cualquier tiempo, conforme a la parte considerativa de la presente Resolución. USAQUEN DE CONFORMIDAD CON EL

ARTICULO 14 DE DECRETO 098 DEL 12 DE ABRIL DE 2004 INVENTARIO DE ESPACIOS PÚBLICOS RECUPERADOS Y/O PRESERVADOS EN CUALQUIER TIEMPO CHAPINERO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 14 DE DECRETO 098 DEL 12 DE ABRIL DE 2004 INVENTARIO DE ESPACIOS PÚBLICOS RECUPERADOS Y/O PRESERVADOS EN CUALQUIER TIEMPO SANTA FE SAN CRISTÓBAL USME TUNJUELITO BOSA KENNEDY FONTIBÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 14 DE DECRETO 098 DEL 12 DE ABRIL DE 2004 INVENTARIO DE ESPACIOS PÚBLICOS RECUPERADOS Y/O PRESERVADOS EN CUALQUIER TIEMPO ENGATIVÁ SUBA BARRIOS UNIDOS TEUSAQUILLO MÁRTIRES ANTONIO NARIÑO PUENTE ARANDA LA CANDELARIA RAFAEL URIBE URIBE CIUDAD BOLÍVAR

Artículo segundo.

-** El inventario a que hace referencia la presente Resolución, será publicado en la página Web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Publico y actualizado mensualmente conforme a la información suministrada por los Alcaldes Locales.

Artículo tercero.

- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de junio del año 2004. GERMAN DARIO RODRIGUEZ Director NOTA. Publicado en el Registro Distrital No.3127 de Junio 29 de 2004.

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