Resolución 048 de 2004
Resolución 48 de 2004 Canal Capital
- Tipo
- Resolución
- Número
- 048
- Año
- 2004
- Fecha
- 15 de abril de 2004
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**RESOLUCIÓN 048 DE 2004 (Abril 15) Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y requisitos de los empleos y se modifica la distribución de cargos de la planta global de Canal Capital Ltda. EL GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD CANAL CAPITAL LTDA., en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confieren el artículo cuarto del Acuerdo 005 de 2001 y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Acuerdo No. 002 del 7 de Diciembre de 2001 expedido por la Junta Administradora Regional, se adoptó la estructura organizacional para Canal Capital Ltda.
Que mediante Acuerdo No. 07 del 19 de julio de 2002 expedido por la Junta Administradora Regional, se modificó la planta de cargos de la planta global de la entidad.
Que el Gerente General de Canal Capital Ltda., mediante Resolución No. 088 de agosto 28 de 2002, distribuyó los cargos de la planta global de la entidad.
Que para el cumplimiento de su misión, se hace necesario reasignar algunos cargos de la planta global de Canal Capital Ltda.
Que el Acuerdo 005 del siete (7) de diciembre de 2001 en su artículo 4 establece: "Artículo 4. DE LAS ADICIONES, MODIFICACIONES y ACTUALIZACIÓN. Teniendo en cuenta la especificad de la entidad y las necesidades que para el cumplimiento de su misión se presenten, se podrá adicionar, modificar o actualizar el presente manual mediante una resolución interna firmada por el Gerente. (..)".
Que por lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el Manual específico de fundones y requisitos, en cuanto a los requisitos exigidos para el desempeño del cargo de los siguientes empleos de la planta global de Canal Capital Ltda.: 1. Profesional Universitario, Código 340 - Grado 06, Secretaría General - Grupo Jurídico: I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | PROFESIONAL UNIVERSITARIO ---|--- CÓDIGO: | 340 GRADO: | 06 NÚMERO DE CARGOS: | SEIS (6) JEFE INMEDIATO: | DEPENDENCIA A LA QUE SE ASIGNA **
II DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES **
1. Asesorar en los procesos de contratación en coordinación con las áreas ejecutoras de los contratos y realizar el control y seguimiento de los mismos.
2. Revisar y elaborar proyectos de concepto sobre aspectos jurídicos relacionados con Canal Capital Ltda.
3. Analizar y proyectar los actos que resuelvan los recursos interpuestos contra los actos administrativos emitidos por la Gerencia General.
4. Analizar e interpretar normas legales jurisprudencias y doctrinas con el fin de dar fundamento jurídico al proceso y de tomar de, decisiones en asuntos sometidos a consideración de la Secretaría General.
5. Conceptuar y tramitar las peticiones que en materia jurídica deban ser resueltas por Canal Capital Ltda. dentro los términos de Ley.
6. Realizar el control interno sobre las funciones propias del cargo.
7. Las demás que le asigne la gerencia y/o __ su jefe Inmediato" para el cumplimiento de la misión de la entidad, de acuerdo con la naturaleza y área de desempeño del cargo.
III. REQUISITOS EDUCACIÓN Y EXPERIENCIA
Título de formación Universitaria o Profesional en Derecho.
Un (1) año de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
REQUERIMIENTO
Acreditar Tarjeta Profesional en los casos reglamentados por la ley.
2. Profesional Universitario, Código 340 - Grado 06, Dirección Operativa - Área de Producción:
l. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | PROFESIONAL UNIVERSITARIO ---|--- CÓDIGO: | 340 GRADO: | 06 NÚMERO DE CARGOS: | SEIS (6) JEFE INMEDIATO: | DEPENDENCIA A LA QUE SE ASIGNA II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES
1. Desarrollar proyectos de programas de televisión (pilotos y/o script, libretos, guiones, continuidades) que le sean asignados por la Dirección Operativa.
2. Presentar a la Coordinación de producción y programación los proyectos terminados para su aprobación y posterior ejecución.
3. Coordinar, supervisar y controlar los proyectos específicos a su cargo, y los asignados por el área de televisión, en todo lo que tiene que ver con la ejecución de los mismos.
4. Participar en el comité creativo para la realización de programas producidos por CANAL CAPITAL.
5. Supervisar que los programas a cargo cumplan con los requerimientos técnicos y estéticos exigidos, la duración establecida y los objetivos y contenidos planteados.
6. Coordinar y controlar el manejo visual de la producción propia, en edición y grabación estableciendo parámetros técnicos que cumplan con los requerimientos de la coordinación de producción.
7. Elaborar la requisición de equipos necesarios para las producciones a cargo, de acuerdo con el cronograma de actividades realizado.
8. Efectuar el reporte de novedades de incidencias tanto de la producción como de la postproducción de los programas a cargo.
9. Cumplir estrictamente con los turnos solicitados así como con el perfecto uso de los recursos asignados.
10. Entregar los informes requeridos por el Coordinador de producción cuando este los solicite.
11. Representar al jefe en las juntas, comités y demás actividades que se le indiquen o deleguen en información sobre el desarrollo de la actividad.
12. Las demás que le sean asignadas por la Gerencia y/o su jefe inmediato, para el cumplimiento de la misión de la Entidad, de acuerdo con la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
III. REQUISITOS EDUCACIÓN y EXPERIENCIA
Título de formación Universitaria o Profesional en Comunicación Social y Periodismo o Realización de Cine y Televisión.
Un (1) año de experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo.
REQUERIMIENTO
Acreditar Tarjeta Profesional en los casos reglamentados por la ley.
3. Auxiliar, Código 565 - Grado 04, Dirección Operativa -Área Técnica.
**
I.
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | _AUXILIAR_ ---|--- CÓDIGO: | 565 GRADO: | 04 NÚMERO DE CARGOS: | CUATRO (4) JEFE INMEDIATO: | DEPENDENCIA A LA QUE SE ASIGNA II. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES **
1. Realizar, optimizar y proponer actividades de orden técnico, logístico o administrativas que conduzcan al área y en general a Canal Capital a un mejor funcionamiento. '
2. Desempeñar bajo designación de la Coordinación del área, labores de soporte a las áreas de Producción y postproducción cuando se impliquen labores de orden técnico u operativo.
3. Brindar apoyo a la Coordinación del área en el establecimiento y ejecución de planes de mantenimiento preventivo para las diferentes áreas de la infraestructura técnica del Canal.
4. Previo informe de avería recibido por la Coordinación del área técnica, colaborar en el diagnóstico, solución de fallas y. mantenimiento de tipo correctivo en cualquiera de los equipos cuyo funcionamiento debe ser garantizado por el área técnica.
5. Presentar a la Coordinación del área, en caso de ser requerido, Informe escrito sobre novedades y/o labores efectuadas en el desempeño del cargo.
6. Llevar los registros de carácter técnico, administrativo o financiero que se le encomienden, verificar su exactitud y presentar los Informes correspondientes.
7. Velar por el cumplimiento de los cronogramas de actividades implementados en el área.
8. Mantener en óptimo estado de funcionamiento, presentación y aseo, la dotación de oficina y herramientas asignadas, e Informar oportunamente a la instancia correspondiente sobre avería, sustracción o novedad en los mismos.
9. Sugerir e implementar procedimientos dirigidos al mejor empleo y seguridad del recurso técnico.
10. Cumplir los procedimientos administrativos, establecidos para los distintos procesos en los Que deben intervenir, desarrollando las actividades específicas que le corresponda en relación con los mismos.
11. Realizar el control interno sobre las funciones propias del cargo.
12. Ejecutar de manera idónea y responsable todas y cada una de las labores adicionales que le sean asignadas.
13. Las demás que le sean asignadas por la Gerencia y/o su jefe inmediato, para el cumplimiento de la misión de la Entidad, de acuerdo con la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
III. REQUISITOS EDUCACIÓN Y EXPERIENCIA
Diploma de bachiller.
Tres (3) años de experiencia relacionada con las funciones del cargo.
**
Artículo 3.
DE LA VIGENCIA.
La presente Resolución modifica el artículo 1 del Acuerdo No. 005 del 7 de diciembre de 2001, rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 15 días de abril de 2004 HÉCTOR JAIME PINILLA ORTIZ Gerente General **
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