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Ley 922 de 2004

Ley 922 de 2004 Congreso de la República de Colombia

Tipo
Ley
Número
922
Año
2004
Fecha
29 de diciembre de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

LEY 922 DE 2004 (diciembre 29) [Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 535 de 2005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16053#0) _por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley[550](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6164#0)de diciembre 30 de 1999._ El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Prorrógase la vigencia de la Ley 550 de diciembre 30 de 1999 por el término de dos (2) años contados a partir del 31 de diciembre de 2004. Artículo 2°. Adiciónase el inciso 4° del artículo 1° de la Ley 550 de 1999, del siguiente tenor: Esta ley se aplicará igualmente a las universidades estatales del orden nacional o territorial, las cuales podrán celebrar por intermedio del rector, previa autorización del Consejo Superior Universitario en ejercicio de la autonomía universitaria, el acuerdo de reestructuración en los términos del Título V de la presente ley. El promotor de los acuerdos de reestructuración que se suscriban con las Universidades Públicas será el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Artículo 3°. La presente ley rige a partir de su promulgación. El Presidente del honorable Senado de la República, Luis Humberto Gómez Gallo. El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud. La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes, Zulema Jattin Corrales. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Angelino Lizcano Rivera. REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2004. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera. El Viceministro de Comercio encargado de las funciones del despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Juan Ricardo Ortega López. La Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Educación Nacional, Juana Inés Díaz Tafur. NOTA: Publicada en el Diario Oficial 45776 de diciembre 29 de 2004.

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