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Decreto Local 003 de 2004

Decreto Local 3 de 2004 Alcaldía Local de los Mártires

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2004
Fecha
11 de febrero de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO LOCAL 003 DE 2004 (Febrero 11) Por medio del cual se conforma e instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad de los Mártires. EL ALCALDE LOCAL DE LOS MARTIRES En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 13 y 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 7 del Acuerdo Distrital No. 13 del 2000 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece dentro de los fines del Estado, entre otros, el de facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural.

Que el artículo 40 numeral 2º de la Carta Magna, estatuye el derecho que tiene todo ciudadano de tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.

Que el Artículo 318 de la Constitución garantiza la participación ciudadana en el manejo de asuntos públicos de carácter local.

Que la Ley 134 de 1994, establece las normas de participación ciudadana.

Que el Estatuto Orgánico de Bogotá, (Decreto Ley 1421 de 1993) en su artículo 6º promueve la organización de los habitantes y comunidades a través de la creación de asociaciones profesionales, culturales, cívicas, populares, comunitarias y juveniles que sirvan de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión Distrital y local.

Que en cumplimiento de lo estatuido en el Acuerdo Distrital No. 13 de 2000, la Alcaldía Local de los Mártires adelantó el trámite necesario para la elección de cada uno de los representantes de los distintos sectores al Consejo de Planeación Local, siendo necesario en consecuencia su conformación e instalación. Por lo expuesto, [Ver el Decreto Local 03 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=29883#0) **

DECRETA:

Artículo primero.

-** Conformar e instalar el Consejo de Planeación Local de los Mártires, de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo segundo.

-** Una vez cumplidos los requisitos de inscripción, acreditación y elección de los representantes de las diferentes organizaciones ordenadas por el Acuerdo 13 de 2000, el Consejo de Planeación Local de Los Mártires quedó integrado de la siguiente manera:

Artículo tercero.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE. Dado en Bogotá, a los once (11) días del mes de febrero de 2004. VICTOR MANUEL VELOZA CUESTAS Alcalde Local de los Mártires NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3050 de Febrero 23 de 2004

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