Decreto Local 16-09 de 2004
Decreto Local 16 de 2004 Alcaldía Local de Fontibón
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 16-09
- Año
- 2004
- Fecha
- 17 de diciembre de 2004
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 16-09 DE 2004 (Diciembre 17) [Modificado por el Decreto Local 01 de 2005](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32675#0) Por el cual se liquida el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2005. EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBÓN En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 348 y las atribuciones emanadas del Decreto Ley 1421 de 1993 artículos 81 Y 86, en concordancia con la Ley 152/94 del Plan de Desarrollo, Ley 179/94 de Presupuesto, Ley 617 de 2000, Decretos Distritales 714/96 y 1139/2000 y demás decretos reglamentarios, y
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS y de conformidad con los programas del Plan de Desarrollo Local. En virtud de lo anterior, mediante oficio FDLF-607 de diciembre 2 de 2004 se presentó el proyecto de presupuesto 2005 para su estudio y aprobación y se detalló la información a nivel de proyectos, mediante anexo informativo.
Que mediante oficio J.A.L. No. 820 de diciembre 13, la Presidenta de la Comisión Primera Permanente o de Presupuesto solicitó aceptación por escrito a los cambios efectuados en el proyecto de presupuesto 2005, en concordancia con el art.17 párrafo segundo del Decreto No.1139 de 2000.
Que mediante oficio FDLF-643 de diciembre 14, la Alcaldesa Local expresó la aceptación a las modificaciones solicitadas por la J.A.L.
Que mediante oficio J.A.L. No. 822/2004 dicha Corporación corrió traslado del Acuerdo Local No.[006](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32447#0) de diciembre 14 "Por el cual se expide el presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005".
Que mediante oficio No.2004EE115516 el Secretario de Hacienda Distrital, comunicó la Cuota Preliminar Transferencia Administración Central –Anteproyecto de Presupuesto 2005, discriminada así: Para Libre Asignación Inversión Directa: $8.021´979.914 y Destinación mínima para pavimentos locales (sobretasa a la gasolina) $905.194.908. Total Cuota: $8.927.174.822 Que del total de la Transferencia de la Administración Central, se destinará la suma de $2.042´766.193,60 para la construcción y rehabilitación de la malla vial, del programa HABITAT DESDS LOS BARRIOS Y LAS U.P.Z. en el EJE URBANO REGIONAL, por concepto de sobretasa a la gasolina.
Que mediante oficio No.2-2004-28423 El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS- en su reunión No.20 del 24 de noviembre de 2004, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, por valor de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL CIENTO QUINCE PESOS ($16.868´914.115,oo) M/cte., para la vigencia fiscal 2005, además efectuó observaciones generales y específicas.
Que atendiendo las observaciones generales, se redujo el número de proyectos que se anexaron al CONFIS, incorporando las modificaciones como resultado de atender dichas observaciones, así como el cumplimiento de las normas presupuestales vigentes.
Que el Proyecto de Presupuesto se encuentra ajustado a la Ley 617 de octubre 6 de 2000. Por lo anteriormente considerado,**
DECRETA:
Artículo primero.
- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. De enero y el 31 de diciembre de 2005, en la cantidad de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL CIENTO QUINCE PESOS ($16.868´914.115,oo) M/cte, de acuerdo al siguiente detalle: | ** CÓDIGO ---
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