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Resolución 381 de 2005

Resolución 381 de 2005 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
381
Año
2005
Fecha
13 de mayo de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 381 DE 2005 (Mayo 13) "Por la cual se hace una delegación para la administración de personal en la Secretaría de Hacienda de Bogotá D. C.". EL SECRETARIO DE HACIENDA DE BOGOTÁ. D. C. en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el articulo 9º de la Ley 489 de 1998, el articulo 11 del Decreto Distrital 101 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, señala que los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa pueden delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados, por la Ley y los actos orgánicos, en los empleados públicos de los niveles directivos y asesor.

Que el Parágrafo del articulo 2º ibidem dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación se aplicarán a las entidades territoriales, en lo pertinente.

Que mediante el Decreto Distrital 101 de 2004, le fue asignado a los Secretarios de Despacho los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores públicos del respectivo organismo.

Que el literal f) del artículo 16 del Acuerdo Distrital 7 de 1977 estableció como función de las Secretarias y Departamentos Administrativos Distritales la relacionada con atender los servicios que les están asignados.

Que en desarrollo de los principios constitucionales de eficiencia, economía y celeridad con que se debe ejercer la función administrativa, se considera conveniente delegar unas facultades en la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretaria de Hacienda. En consecuencia, este Despacho

RESUELVE:

Artículo primero.

- Delegar en el Director Administrativo y Financiero las siguientes atribuciones relacionadas con el manejo de personal de la Secretaria de Hacienda de Bogotá: 1. Dar posesión a los servidores públicos de la Secretaria de Hacienda, excepto para los cargos de libre nombramiento y remoción. 2. Conceder licencias, permisos, realizar traslados. 3. Aceptar renuncias y declarar vacancias, excepto para los funcionarios de libre nombramiento y remoción. 4. Conceder vacaciones. 5. Realizar encargos previo visto bueno del Secretario de Hacienda. 6. Expedir el plan de incentivos y de capacitación previo visto bueno del Secretario de Hacienda. 7. Desarrollar las funciones respecto al Comité Paritario de Salud Ocupacional. 8. Reconocer y liquidar cesantías y ordenar su trámite. 9. Conceder permisos sindicales. 10. Decidir solicitudes y reclamaciones de carácter laboral. 11. Reconocer salarios, prestaciones sociales y suscribir la nomina. 12. Reconocer y ordenar el pago de los dineros que por cualquier concepto tengan derecho los servidores o ex.servidores. 13. Conferir comisiones de trabajo y estudio excepto al exterior, previo visto bueno del Secretario de Hacienda.

Artículo segundo.

- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005). PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3325 de mayo 12 de 2005.

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