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Resolución 151 de 2005

Resolución 151 de 2005 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Tipo
Resolución
Número
151
Año
2005
Fecha
15 de julio de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 151 DE 2005 (Julio 15) [Modificada por la Resolución de Transmilenio 046 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20119#0) "Por la cual se modifica la Resolución 141 del 30 de junio de 2005, con el fin de actualizar el manual de procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio - TRANSMILENIO S.A, en lo pertinente al Manual de Operaciones del Sistema TransMilenio." LA GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A.", en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en el artículo Segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el manual de procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según resolución 078 de 2000.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el titular del Sistema y para el correcto funcionamiento del mismo, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos en lo que hace referencia a la actualización un (1) manual, con el objeto de ajustarlo a las nuevas necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al Personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Que en mérito de lo expuesto,**

RESUELVE:

Artículo primero.

- Modificar la Resolución 141 del 30 de junio de 2005, en lo que corresponde a: I. La actualización del siguiente manual: | Código | Revisión | Nombre ---|---|--- M-O-GR-001 | 4 | MANUAL DE OPERACIONES DEL SISTEMA TRANSMILENIO. **

Artículo segundo.

-

La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios; los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá, a los quince (15) días del mes de julio de dos mil cinco (2005)

ASTRID MARTINEZ ORTIZ Gerente General NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3365 de julio 22 de 2005.

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